“Esta niña no es mi hija, sino mi nieta”. Esto es lo que decía Ana Obregón en su primera entrevista para la revista ¡Hola! después de saberse que la bióloga había contratado un vientre de alquiler. Ana confirmaba así lo que muchos sospechaban: que su fallecido hijo, Aless Lequio, es el padre póstumo de la niña. Es decir, Obregón sería la abuela biológica de Ana Sandra Lequio Obregón. Un asunto que puede traerle unos cuantos problemas legales a la actriz.

“Esta niña no es mi hija, sino mi nieta. Es hija de Aless y cuando crezca le diré que su padre fue un héroe. La niña ha nacido en América y va a tener pasaporte americano y doble nacionalidad. Legalmente es mi hija y así aparece en su pasaporte. La registraré en el Consulado español y luego puedo traerla a casa”, comentaba Ana en la entrevista.

Ana Sandra no puede ser inscrita como hija siendo nieta de Ana Obregón

Pero, ¿puede inscribirla como su  hija si en realidad es su nieta? Lo cierto es que estará incurriendo en un delito. Según indica la ley española, inscribir a un nieto como un hijo podría ser considerado un fraude de ley.

La opción que tendría Ana pasaría por registrar a la niña como hija de Aless Jr y reclamar después la custodia de la pequeña al  haber fallecido el padre y después de que la verdadera madre haya renunciado a los derechos sobre la recién nacida. No obstante, después de que Ana haya reconocido que es la abuela, si un funcionario la registra como su hija estaría cometiendo un delito de prevaricación.

Obregón abuela portada HOLA!

Sin embargo, “la adopción de abuela es inviable. El límite es de 45 años y el artículo 175 establece la no adopción de descendientes”, comenta la abogada Isabel Winkels, especializada en Derecho de Familia nacional e internacional, y Socia-directora del despacho Winkels Abogados para LOC. “Tiene que aparecer como madre y cumpliendo los requisitos de la instrucción del año 2010, que luego se ratificó por otra instrucción del año 2019. Esto estará perfectamente previsto por la agencia que se lo ha gestionado. Tiene que tener mucha seguridad con que esa inscripción la van a conseguir, porque no es necesario un vínculo genético biológico para la sentencia americana”,  añade.

Con todo, dicha abogada tiene dudas de si Ana puede tener problemas al llegar a España: “Esta niña sería legalmente hija de Ana Obregón. Es cierto que el Ministerio Fiscal puede oponerse a esto y que en el Registro digan que no se le pueda inscribir, pero si viene con una sentencia americana donde a ella se la reconoce como madre, difícilmente le pueden impedir el reconocimiento o la inscripción. Porque se cumple una sentencia extranjera de conformidad con una legislación extranjera”.

No podría llevar los apellidos que quiere ponerle Ana Obregón

Por otro lado, tal y como han señalado algunas fuentes expertas en Derecho Civil para el portal elcierredigital.com, la pequeña solo podría ser “registrarla con sus apellidos, no con los de Álex”. 

También hay que tener en cuenta que, según la Ley 14/2006 del 26 de mayo sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida, el padre “podrá prestar su consentimiento, en el documento a que se hace referencia en el artículo 6.3, en escritura pública, en testamento o documento de instrucciones previas, para que su material reproductor pueda ser utilizado en los 12 meses siguientes a su fallecimiento para fecundar a su mujer”.

Ana Obregón, Alessandro Lequio y Álex Lequio @ana obregon oficial

Álex Lequio no puede figurar como su padre

Sin embargo, Álex Lequio murió en mayo de 2020. Es decir, han pasado casi tres años. Mucho más tiempo si tuviéramos en cuenta que la mujer hubiera sido fecundada al límite de esos 12 meses. Con todo, “no podrá determinarse legalmente la filiación ni reconocerse efecto o relación jurídica" entre Ana Sandra y Álex Lequio.

“La única forma en la que podría ponerle el nombre de Lequio es que se hubiera fecundado, como dice la Ley, en los 12 meses siguientes a la muerte de Álex. Esto no ha sucedido así, por lo tanto este caso tiene requisitos de ilegalidad. En general, la gestación subrogada es un fraude de Ley en España, y por ello Ana Obregón ha tenido que irse a otro país para conseguir hacerlo”, añaden dichas fuentes.

Y todo ello sin olvidar que la Ley dice que para poder utilizar el semen de un fallecido existen tres vías: Una escritura pública ante notario, un testamento o un documento protocolizado. Y tal y como explicó Ana en la entrevista,  Álex les había comunicado su deseo a Alessandro Lequio y a ella “de palabra, una semana antes de fallecer”. Es decir, no se cumple ninguna de las tres condiciones.