La fiscalidad española no determina una deducción generalizada de los gastos de escolaridad y, por lo tanto, no todos los españoles gozan de una desgravación homogénea. Es decisión de los gobiernos autonómicos establecer qué pueden deducirse y por qué importe, además de fijar unos requisitos. Actualmente, únicamente 10 de las 17 comunidades autónomas del territorio español establecen deducciones por gastos escolares que se pueden imputar en la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Se trata de Aragón, Asturias, Andalucía, Comunidad Valenciana, Madrid, Castilla-La Mancha, Murcia, Extremadura, Baleares y Canarias.
Las cuantías y requisitos para poder acceder a estas deducciones en el IRPF pueden consultarse en la web de la Agencia Tributaria. En líneas generales, desgravan el coste de los libros de texto y material escolar -aunque no todas- y hay algunas que incluyen clases de informática o idiomas. Es el caso de Andalucía, Comunidad Valenciana, Extremadura y la Comunidad de Madrid. En ningún caso, no obstante, hay compensación fiscal por los gastos realizados en equipos electrónicos (portátiles, tablets u otros).
Según consta en la Agencia Tributaria, se entiende por material escolar "el conjunto de medios y recursos que facilitan la enseñanza y el aprendizaje, destinados a ser utilizados por los alumnos para el desarrollo y aplicación de los contenidos determinados por el currículo de las enseñanzas de régimen general establecidas por la normativa académica, así como la equipación y complementos que la Dirección y/o el Consejo Escolar del centro educativo haya aprobado para la etapa educativa de referencia".
Desglose por comunidades
En Andalucía, las familias pueden deducirse el 15% en enseñanza escolar o extraescolar de idiomas e informática. El máximo es de 150 euros al año por cada hijo. Dentro de los gastos de enseñanza relacionados con la informática e idiomas, se encuentran aquellos que se abonan a academias, centros docentes, escuelas oficiales de idiomas o personas físicas que se encuentren dadas de alta en el correspondiente epígrafe del IAE por clases particulares.
En Aragón, las familias pueden desgravar el coste total de los libros de texto para alumnos de primaria y secundaria. Si se trata de familias numerosas, se establece un límite de 75 euros por hijo en la declaración individual y de 150 euros en la declaración conjunta de los padres. Los topes de renta para beneficiarse de estas desgravaciones se han situado en 30.000 euros en la declaración individual y 40.000 en la conjunta.
En Asturias, también se desgrava el 100% de los libros de texto para primaria y secundaria, siempre que las bases imponibles no superen los 26.000 euros en tributación individual y los 37.000 euros en la conjunta. En el caso de las familias numerosas, descontarán un máximo de 150 euros por hijo si la declaración es conjunta, y 75 euros si es individual. Además, existe un 15% de deducción de los gastos para los niños de 0 a 3 años, siempre que no supere los 330 euros por hijo y que la base imponible sea de menos de 25.009 euros en tributación individual y 35.240 para la conjunta.
En Baleares, se incluyen los libros de texto en su totalidad, con un máximo de 220 euros por hijo, y los estudios extraescolares de idiomas. También hay un tipo de ayuda para los estudios fuera de las islas para los contribuyentes que cumplan una serie de requisitos. En este caso, la deducción es de hasta 1.760 euros por descendiente que dependa económicamente del contribuyente y que curse estudios universitarios, formación de grado superior o enseñanzas artísticas superiores, entre otros.
En Castilla-La Mancha, tienen deducciones el material escolar y las clases de idiomas o aquellas actividades relacionadas con el aprendizaje fuera de los centros educativos como refuerzo o apoyo de las enseñanzas en las que estén matriculados. Para rentas entre 12.000 y 25.000 euros, la deducción va de 200 euros a 75 euros por hijo. El material con el 100% del importe y las clases con un 15% del gasto siempre que el alumno curse etapas de la educación básica obligatoria. También se establece un 15% para los gastos de estudio y residencia de hijos o descendientes fuera del municipio de residencia de la unidad familiar, siempre que el municipio donde se cursen los estudios se encuentre en Castilla-La Mancha y que en el lugar de residencia de la unidad familiar no exista dicha oferta educativa. Igualmente, será aplicable esta deducción cuando el municipio donde se realicen los estudios se encuentre fuera de Castilla-La Mancha y no exista en la región oferta educativa para los estudios cursados.
En Canarias, los contribuyentes pueden deducirse las cantidades satisfechas en el año por adquisición de material escolar, libros de texto, transporte y uniforme escolar, comedores escolares y refuerzo educativo (clases particulares), por el conjunto de descendientes o adoptados. Los límites son: máximo de 120 euros, por el primer descendiente o adoptado, y 60 euros adicionales por cada uno de los restantes descendientes o adoptados. Respecto a los topes de tributación, quedan establecidos en 42.900 euros en tributación individual, y 57.200 euros en tributación conjunta.
En la Comunidad Valenciana, la compensación viene por la adquisición de material escolar y libros de texto para los parados, con un importe máximo de 110 euros, y siempre que la base imponible total sea inferior a los 25.000 euros en tributación individual o a los 40.000 euros en tributación conjunta. Además, se cubre una parte de los gastos de guardería, con una deducción del 15%, con un límite de 270 euros para contribuyentes con hijos de 0 a 3 años. Los hijos que precisan educación especial también gozan de una deducción de 110 euros.
En Extremadura, se permite deducir 15 euros en la compra de material escolar por cada descendiente a las familias con hijos en edad escolar obligatoria, entre 6 y 15 años; aunque también existe una deducción del 10% por gastos de guardería para hijos menores de 4 años.
En Murcia, contribuyentes podrán aplicar una deducción de 120 euros, por cada descendiente, por la adquisición de material escolar y libros de texto derivados de la escolarización de sus descendientes en el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y secundaria obligatoria. Las bases imponibles no deben superar los 20.000 euros en la tributación individual o los 40.000 en la conjunta. En familias numerosas estas bases se elevan a 33.000 y 53.000, respectivamente. Para la etapa infantil, la deducción por gastos de guardería y centros escolares de hijos menores de 3 años es del 15%.
En la Comunidad de Madrid, los alumnos se benefician de un 15% de deducciones de los gastos de escolaridad: 10% por enseñanza de idiomas y otro 5% en uniformes. Por cada hijo, se aplicará una deducción máxima de 400 euros, que podrán ampliarse hasta los 900 euros en caso de que se incluyan los gastos por escolaridad. En caso de niños cursando educación infantil (de cero a tres años) también se podrán aplicar una deducción de hasta 1.000 euros por cada hijo, siempre y cuando la suma de las bases imponibles de todos los miembros de la familia no sea de más de 30.000 euros.
¿Qué pasa en las que no tienen deducciones?
Los residentes en Cantabria, Catalunya, Castilla y León, Comunidad Foral de Navarra, Galicia, País Vasco y La Rioja no gozan deducciones en la declaración de la renta. En el caso de Catalunya, desde hace dos años, se entrega un vale escolar para la compra de material. En 2024, en su segunda edición, las condiciones han variado porque se ha ampliado su cobertura a secundaria, pero se ha disminuido el valor. Así, este año, los alumnos de primaria y secundaria de los centros públicos y concertados de Catalunya recibe un vale de 60 euros para la compra de material escolar. En total, el número de beneficiarios se eleva a 790.000 alumnos.
En Cantabria no existen ayudas para la compra de material escolar durante este curso 2024-2025, no obstante, cuentan con ayudas para el transporte escolar y el comedor, estas últimas disponibles para aquellas familias cuya renta anual 2023 no supere el salario mínimo interprofesional.
En la Comunidad Foral de Navarra lo que está establecido es la gratuidad. Las familias cuentan con un programa de gratuidad de libros de texto para los estudiantes de niveles obligatorios. El gobierno del País Vasco también ofrece ayudas a la escolarización y al transporte escolar, así como subvenciones para el comedor escolar.
Por su parte, en La Rioja hay un sistema de préstamos de libros de texto para los estudiantes de educación obligatoria.
En Castilla y León, las ayudas son más sociales. Se prevé una deducción del 30% si se deja al hijo con una persona empleada del hogar, con un límite de 322 euros. Si se deja al hijo en una guardería, la deducción será del 100% de los gastos con un máximo de 1.320 euros.