El Partido Popular ha solicitado al Ministerio de Trabajo que cuantifiqué a los trabajadores fijos discontinuos que están apuntados actualmente en las oficinas del paro. En opinión del partido de la oposición, se trata de personas realmente desempleadas, aunque no consten como tal en las listas del paro y acusan al Gobierno de coalición de estar creando menos empleo del que alardean. Pero más allá de encontrarse en medio de una pelea política, hay muchas incógnitas alrededor de este tipo de contrato. Estás son cinco de las dudas más frecuentes sobre los fijos discontinuos.
¿Qué es un trabajador fijo discontinuo?
El contrato por tiempo indefinido fijo-discontinuo (regulado en el artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores en el artículo 16) se usa para trabajos estacionales o de temporada, aunque también para prestaciones intermitentes, unas veces conocidas, pero otras veces indeterminadas. Lo que significa que un fijo discontinuo tendrá periodos en los que esté trabajando para la empresa que le ha contratado y otros periodos que estará inactivo. Sin embargo, en los periodos de inactividad la empresa no le despide y mantiene su relación contractual y en estas fases en las que no esté ocupado, podrá ocuparse en otros empleos, inclusive para la competencia. La empresa realizará el “llamamiento” a su trabajador fijo discontinuo cuando vuelva a necesitar sus servicios y si el trabajador no acude, supondrá la ruptura del contrato, siempre que el llamamiento se haya realizado por escrito u otra forma con la que quede constancia de que el llamamiento se ha producido realmente. Este tipo de contrato se utiliza desde hace mucho tiempo, aunque ha cobrado gran relevancia con la Reforma Laboral, pues buena parte de los empleos anteriormente temporales se canalizan ahora a través de esta modalidad. A tal fin, se realizaron algunos cambios de calado, principalmente la posibilidad de que las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) puedan contratarlos para cederlos a otras empresas para servicios temporales.
¿Cuáles son los derecho de los trabajadores fijos-discontinuos?
El contrato debe formalizarse por escrito y deberá reflejar los elementos esenciales de la actividad laboral, entro otros, la duración del periodo de actividad, la jornada y su distribución horaria, si bien estos últimos podrán fijarse con carácter estimado, sin perjuicio de su concreción en el momento del llamamiento. Podrán ejercer las acciones que procedan en caso de que en caso de incumplimientos relacionados con el llamamiento. Respecto a la antigüedad en la empresa, la Reforma Laboral ha establecido que se contabilizarán tanto los periodos activos como los inactivos, lo que computa para una elevación más elevada en caso de despido. Y, por supuesto, su empresa y él mismo cotiza a la Seguridad Social, pero sólo durante los periodos de actividad, lo que le dará derecho a las prestaciones de pensión o incapacidad temporal como cualquier otro asalariado.
¿Se cobra paro en los periodos de inactividad?
Sí y no. Su empresa y él mismo, como ha quedado dicho, tienen que pagar la cotización por desempleo en los periodos de actividad lo que le permite ir sumando meses. Pero el fijo discontinuo tiene que cumplir los mismos requisitos que el resto de los trabajadores para cobrar la prestación por desempleo y, por tanto, tiene que juntar 360 días cotizados. Una vez completados, cuando entra en un periodo de inactividad puede solicitar el paro apuntándose al Sepe, siempre que no esté trabajando en otra empresa. Con un año acumulado de cotización le corresponderán 4 meses de paro, pero a más tiempo cotizado, más meses hasta un tope de dos años.
¿Por qué hay tanta polémica alrededor del paro de los fijos discontinuos?
Los fijos discontinuos mientras no sean despedidos por su empresa no son considerados parados y, por consiguiente, no constan en las Estadísticas del Ministerio de Trabajo como tales, aunque estén registrados en las oficinas del Sepe. Y pueden apuntarse por dos motivos: el primero y principal si tienen derecho al paro con el fin de cobrar la prestación, pero también se apuntan aunque no tengan derecho al desempleo con el objetivo de que les llamen para un trabajo durante los periodos de inactividad. Desde 1985, los fijos discontinuos no han sido considerados legalmente como parados y no suman en las estadísticas como parados. Sin embargo, el volumen de este tipo de trabajadores era antes de la Reforma Laboral bajo y no distorsionaba las estadísticas, algo que sí sucede en la actualidad. Por este motivo, desde el PP se ha acusado al Gobierno de mentir con las cifras del paro y Fedea ha empezado a diferenciar los datos del paro con y sin fijos discontinuos. Así, hablan de paro registrado (aquel que publica el Ministerio de Trabajo) que excluye a las fijos-discontinuos y el paro efectivo, un indicador que elabora la Fundación, que incluye a los fijos-discontinuos que estén apuntados en el paro, cobren o no la prestación. Según una pregunta realizado por el PP en sede parlamentaria al Ministerio de Trabajo, en diciembre había 443.078 fijos discontinuos en las lista del Sepe, de los que 268.402 cobraban una percepción por desempleo y 173.676 no. Funcas determina que en diciembre había 622.000 personas que, estando apuntadas al Sepe, con contabilizaban como parados.
¿Cuántos trabajadores fijos discontinuos hay actualmente?
Pues no se sabe, ya que las distintas fuentes que se utilizan para el recuento no son coincidentes. El primer dato que se maneja son los contratos que cada mes se registran en las oficinas de empleo y, según el Ministerio de Trabajo, durante el pasado año se firmaron 2,3 millones de estos contratos que se deberían sumar a los que ya existían antes de la Reforma y que no se sabe cuántos son. Pero una vez contratados, se pierde la pista a estos 2,3 millones de personas. Una segunda fuente, quizá la más fidedigna, son los que están trabajando, pues constan como activos en la Seguridad Social. Pues bien, la media mensual ronda entre los 800.000 y 900.000, aproximadamente el doble que antes de la Reforma laboral. Pero las dudas surgen con los inactivos, pues según los datos del Ministerio de Trabajo, no llegan al medio millón. Bien es cierto, como comenta el investigador de Fedea, Florentino Felgueroso que una buena parte de los fijos discontinuos que no tienen derecho a prestación, no se molestan en apuntar al desempleo. Pero eso son más de un millón de personas que no se sabe exactamente en qué situación laboral están.