El 83% de los profesores contratados como fijos discontinuos son despedidos en los meses de verano, aunque los tribunales lo han declarado ilegal, según los datos de afiliación de la Seguridad Social. Ante un posible fraude laboral masivo, el Ministerio de Trabajo anunció hace unos días que va a lanzar una campaña de control de esta modalidad contractual, con la remisión de 50.000 cartas a empresas para revisar unos 140.000 contratos, muchos de ellos en el sector de la educación, una de las actividades con mayor crecimiento de este contrato modificado con la reforma laboral. El año pasado, la Inspección de Trabajo ya puso en su foco el contrato de fijo discontinuo.
Se trata de una práctica que viene de lejos, como señalan a ON ECONOMIA los responsables de enseñanza privada de CCOO, Pedro Ocaña, y de UGT, Jesús Gualix (la patronal Acade ha declinado participar): los profesores en el sector privado son contratados en septiembre, con el inicio de las clases, y despedidos en junio/julio cuando finalizan y así, los colegios se ahorran pagar las vacaciones de verano. Antes de la reforma laboral, estos trabajadores tenían contratos temporales, la mayoría de obra y servicio, pero tras la reforma se ha disparado la modalidad de fijos discontinuos. Sin embargo, a pesar de que hace ya muchos años que los tribunales han declarado el uso del contrato de fijo discontinuo como ilegal para los maestros, tras la reforma laboral se ha agudizado su uso.
Como apuntó recientemente El Mundo, el uso del contrato de fijo discontinuo ha subido con fuerza en esta actividad. En concreto, un 126%, de 68.816 afiliados en diciembre de 2021 a 155.812 en marzo de 2023 -como constata ON ECONOMIA en las estadísticas de la Seguridad Social- y han pasado del 6,6% del total de afiliados en enseñanza antes de la reforma al 14%. En marzo constaban en la Seguridad Social 1,12 millones de trabajadores afiliados en actividades educativas. Sin embargo, lo relevante de la estadística de la Seguridad Social no es tanto el crecimiento de este contrato que se explica, en parte, por la transformación de los antiguos contratos de obra y servicio en fijos discontinuos, pero también, por los puestos de trabajo generados en 15 meses por el sector, un 7,3%. Lo relevante, por tanto, es el uso que se está dando a esta modalidad contractual, en parte ilegal, según reconocen los sindicatos.
Con los datos de afiliación se constata que el sector viene repitiendo con los fijos discontinuos el fraude de no abonar los meses de verano como se hacía con el contrato de obra y servicio. El número de fijos discontinuos afiliados en enseñanza fue incrementándose de forma paulatina durante los primeros meses del pasado año, hasta alcanzar un pico en mayo de cerca de 90.000. Sin embargo, el número se reduce drásticamente en verano: en junio 16.199 de estos trabajadores se dieron de baja en la Seguridad Social y, aunque técnicamente no son despedidos, en la práctica dejan de cobrar la nómina. En junio fueron “despedidos” otros 40.014 y en agosto otros 18.529. Es decir, de los 89.800 maestros fijos discontinuos que trabajaron en mayo (y cobraron un sueldo), cayeron a 15.058 en agoto, 74.742 menos, con una reducción del 83%.
Pero a la vuelta del curso escolar, el número de profesores fijos discontinuos creció de forma abrumadora: en septiembre volvían a estar en alta 73.986, cifra que se dobló en octubre -por el inicio del curso universitario- hasta 140.05 afiliados en alta. Desde el Ministerio de Trabajo venían alertando de un incremento del número de fijos discontinuos a partir de octubre de 2022, pues para el curso escolar 2021-2022 muchos de los profesores fueron contratados mediante obra y servicio, pues todavía no había entrado en vigor la reforma, y los mantuvieron hasta el final del curso en junio/julio de 2022. Sin embargo, para el presente curso 2022-2023 ya no se podían hacer contratos de obra y servicio al estar vigente la reforma laboral, por lo que se han disparado los fijos discontinuos. Por tanto, este verano es previsible que se produzca la baja de un buen número de fijos discontinuos si no se produce una conversión obligatoria a fijo ordinario por acción de la Inspección de Trabajo.
No todos los contratos son fraudulento
No obstante, tanto Gualix como Ocaña matizan que no se puede considerar que todo el uso del contrato fijo discontinuo en educación es fraudulento, aunque reconocen que existe fraude en el ámbito de los colegios privados no concertados que imparten formación reglada de carácter curricular (cursos de enseñanza primaria, institutos, FP y Universidades). En los concertados no es posible el fraude, según explica Ocaña, pues los maestros cobran directamente de la Administración y en el caso de la enseñanza pública es un práctica ya desterrada, pues los interinos, salvo que hagan sustituciones temporales de unos meses, son contratados por todo un año, siempre de septiembre a septiembre, incluyendo las vacaciones, como se recoge en un informe elaborado por UGT.
Pero dentro de los afiliados en enseñanza hay también personal que no hace labores docentes, como monitores y personal de asistencia o cocina, cuyos contratos se ligan a la permanencia de alumnos en el centro y pueden ser fijos discontinuos sin incurrir en irregularidades. Y junto a la formación reglada (pública o privada concertada y no concertada) hay una formación no reglada, ligada a cursos variados, como de inglés o, incluso, de esquí y otros deportes, con duraciones inferiores al curso académico, que también puede utilizar legalmente el contrato de fijo discontinuo. Por este motivo, ambos sindicalistas reconocen que es difícil discernir qué porcentaje del total de los contratos fijos discontinuos está en fraude de ley y, por tanto, objetivo de la Inspección que puede exigir su conversión a contratos fijos ordinarios.
Reciente sentencia de la Audiencia Nacional
La batalla contra el fraude laboral que sufren algunos profesores se ha recrudecido a raíz de una reciente sentencia de la Audiencia Nacional que ha dejado “muy claro” que el contrato de fijo discontinuo no se puede aplicar a los maestros que imparten formación reglada, sin importar si ejercen en centros públicos, privados o concertados. La sentencia parte de la demanda, que perdieron, de una veintena de colegios privados no concertados andaluces que recurrieron el convenio colectivo de la formación reglada en centros no concertados que prohíbe el uso del fijo discontinuo para estos profesores. No es una sentencia nueva. En 1994, ya el Tribunal Supremo lo prohibía.
Sorprende, doblemente, que se mantenga una práctica que, por un lado, se considera ilegal con sentencias de mucho peso, pero además está proscrita por los convenios del sector firmados por los cuatros sindicatos del enseñanza (CCOO, UGT, USO y Fsie) y las dos patronales de enseñanza privada (Acade y Cece).