Cocinar, lavar, cuidar a los niños y un sinfín de labores que requieren de una entrega al 100% y que muchas veces están infravaloradas. Las amas de casa representan un colectivo invisibilizado y, aunque trabajen igual que cualquier otro empleado, hasta hace unos meses no tenían la posibilidad de tener ningún tipo de ayuda o pensión al llegar a la jubilación, hasta ahora.

Al no estar dadas de alta en la seguridad social y no tener ningún tipo de contrato de trabajo, cuando este colectivo llegaba a los 65 años se quedaban sin ninguna contribución. Sin embargo, ahora esto ha cambiado. La pensión no contributiva que ofrece el Imserso va enfocada a dicho colectivo, aunque hay que cumplir una serie de requisitos.

Requisitos para recibir la pensión

Más allá de tener 65 años o más, el beneficiario de la pensión debe residir en España y haberlo hecho durante 10 años, en el periodo que media entre la fecha de cumplimiento de los 16 años hasta el devengo de la pensión, de los cuales dos deben ser consecutivos y anteriores a la fecha de la solicitud.

Además, debe existir carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual para 2024, sean inferiores a 7.250,60 euros anuales.

Ingresos de la familia

Esta medida también cuenta con matices, puesto que si la persona cumple las condiciones mencionadas, pero vive con familiares, hay otros requisitos que deben cumplirse en cuanto a ingresos. Si la convivencia es con su marido/mujer o con familiares de segundo grado del solicitante, deberán ingresar en casa menos de 12.326,02 euros anuales, en caso de ser dos personas. Si son tres, el requisito pasa a menos de 17.401,44 euros anuales y, si son cuatro, 22.476,86 euros al año. Si se convive con más gente, se deberá sumar a cada integrante la cantidad de 5.075,42 euros.

Si se reside con un pariente de primer grado (serían padres o hijos), los ingresos deberían estar por debajo de los 30.815,05 euros anuales si son dos personas en total en el domicilio. La cifra pasa a 43.503,6 euros anuales si son tres y a 56.192,15 euros anuales en caso de cuatro integrantes. Si son más de cuatro, habrá que sumar 12.688,25 euros anuales por cada integrante más.