La Agencia Tributaria ofrece algunas ayudas y ventajas fiscales con el objetivo de paliar los gastos económicos que puede suponer para las familias españolas estar a cargo de un familiar ascendente. De hecho, si alguien vive con un padre, madre, abuelo, abuela o cualquier persona mayor de 75 años, podrá ahorrarse hasta 2.500 euros en su declaración de la Renta 2024.
Hacienda contempla deducciones para aquellas familias que cuidan a personas mayores, siempre que cumplan ciertos requisitos. En concreto, se pueden desgravar hasta 1.150 euros si la persona a su cargo tiene más de 65 años o 2.550 euros si tiene más de 75 años, lo cual supone una suma de 1.400 euros adicionales. En ambos casos, hay un requisito esencial: la persona mayor tiene que vivir en el mismo domicilio que el declarante y durante más de seis meses previos a la declaración del IRPF.
Se trata de una ventaja fiscal que se aplicará a partir de este año en la declaración del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), correspondiente a 2024. El objetivo es ayudar a mitigar los gastos asociados al cuidado de personas mayores en casa.
Requisitos para percibir ayudas de hasta 2.550 euros
Ahora bien, no todas las familias que convivan con mayores de 65 años podrán obtener este beneficio social. Para poder acceder a esta desgravación hay que cumplir una serie de requisitos:
- Se tiene que haber convivido con el ascendiente durante al menos la mitad del año.
- No puede haber obtenido rentas superiores a los 8.000 euros anuales (sin contar las exentas).
- No puede haber presentado una declaración de la Renta con ingresos superiores a los 1.800 euros.
- Al menos un miembro de la unidad familiar tiene que tener una discapacidad igual o superior al 33%.
- Que la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro del contribuyente, las casillas 0500 y 0510 de la declaración, no sea superior a 30.000 euros en la declaración individual y de 47.000 euros en la declaración conjunta.
Para solicitar esta deducción, los interesados la tendrán que incluir en su declaración de la renta correspondiente al ejercicio fiscal en la cual se hayan producido los gastos. Será necesario aportar la documentación que acredite la convivencia con la persona mayor y los gastos realizados. Además, si varios contribuyentes cumplen los requisitos con respecto al mismo ascendiente, el importe a desgravar se repartirá entre ellos.
Dependientes con discapacidad
Dentro de la misma campaña, más allá de las personas mayores, también se pueden acoger a este beneficio fiscal aquellas familias que tengan alguien con discapacidad (un grado del 33% al menos) viviendo en el mismo domicilio. En este caso, no será necesario tener 65 años o más y las cuantías a percibir también variarán:
- Si la persona tiene una discapacidad de entre el 33% y el 64%, tiene una deducción mínima de 3.000 euros anuales.
- Si la persona tiene una discapacidad superior al 65%, la ayuda puede llegar a los 9.000 euros.