Con el propósito de fomento ayudas al alquiler, pero también a la hipoteca derivado de la inflación y las subidas del tipo de interés marcadas por el Banco Central Europeo, la Generalitat de Catalunya ha sacado adelante una ayuda de hasta 4.500 euros en esta materia que está totalmente vigente y se puede solicitar en cualquier momento hasta el 31 de diciembre de este 2024. Los destinatarios son personas con deudas de cuotas de amortización hipotecaria por|para circunstancias sobrevenidas no previsibles. Y con unos límites de renta familiar que se sitúan entre las dos y tres veces el IRSC, que tienen una cuota máxima mensual de 900 euros. La misma Agencia de la Vivienda de Catalunya es la encargada de gestionarlo.
Las prestaciones de emergencia de la ayuda para pagar las cuotas hipotecarias tienen el objetivo de ayudar a las personas a hacer frente a los impagos de las cuotas del préstamo hipotecario por motivos sobrevenidos. Estas ayudas se destinan a las personas residentes en Barcelona que sean titulares de un contrato de alquiler de una vivienda en la ciudad que sea su domicilio habitual. Las finalidades de estas prestaciones són:deixar sin efecto el embargo de la vivienda por impago de cuotas hipotecarias, posibilitando la permanencia a la vivienda de la persona solicitando y de su unidad de convivencia. Prevenir la exclusión social como consecuencia de la pérdida de la vivienda. En los expedientes de cuotas hipotecarias, si durante la gestión de la prestación el solicitante deja o pierde por vía judicial la vivienda, se denegará la prestación ya que deja de ser su domicilio habitual y permanente. Y en los casos que pierda la vivienda como consecuencia de un procedimiento judicial, podrá pedir la ayuda de la pérdida de la vivienda.
¿Qué es el IRSC?
Para tener en cuenta algunos matices, los ingresos de la unidad de convivencia de la cual forma parte la persona solicitando en el momento presentar la solicitud no pueden superar 2 veces el IRSC como anteriormente se ha mencionado. Este hace referencia al Indicador de Renta de Suficiencia de Catalunya) ponderado si se trata de una persona sola, 2'5 veces el IRSC ponderado si se trata de unidades de convivencia de dos miembros o más, ni 3 veces el IRSC ponderado en el caso de personas con discapacidad o con un grado de dependencia elevado. Actualmente, el IRSC está valorado en 569,12 euros mensuales y 7.967,73 euros anuales.
¿Cómo se gestiona el pago?
Por otra parte, si durante la tramitación se sigue acumulando deuda, los servicios sociales pueden proponer la ampliación del importe solicitado mediante un nuevo informe social que lo justifique. La ampliación propuesta se valorará y, si procede, se podrá resolver favorablemente siempre que el total de la ayuda no supere la cuantía máxima de 4.500 euros anuales. Se podrá conceder a una misma persona la prestación para pagar deudas de alquiler y la prestación para situaciones de pérdida de vivienda y de la prestación complementaria para gastos de fianza y de acceso a la vivienda en régimen de alquiler en un mismo año natural, siempre que la suma de las dos prestaciones no supere el importe de 4.500€. Pueden acceder a estas prestaciones las viviendas de parque público y privado. No pueden las viviendas gestionadas o administradas por la Agencia de la Vivienda de Catalunya ni las personas que han recibido la oferta para acceder a una vivienda del parque público de alquiler y no lo han aceptado, salvo causa justificada. Para concluir, el pago de la prestación se tiene que hacer por medio de una entidad financiera. La prestación se puede abonar directamente a la persona beneficiaria o, si se autoriza expresamente, en la que presta un servicio de tutela o mediación, a favor de la cual se ceda este derecho.