Aunque trabajes, puedes recibir algunas ayudas si tus ingresos mensuales no superan los 880 euros. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) concede diferentes ayudas que varían en función del salario que se percibe, las cargas familiares o la condición personal.
El principal requisito para percibir esta prestación es no superar el 75% del Salario Mínimo Actual, que después de varias subidas y con la última de 2025 ya vigente es de 1.184 euros mensuales. Por tanto, 880 euros es el sueldo máximo que puedes percibir para optar a este complemento. Dado que el SMI es de obligado cumplimiento, este complemento solamente va destinado en principio a quienes trabajan a media jornada o reducida, pero el SEPE contempla también la opción para quienes trabajan a jornada completa, por lo que si alguien tiene algún supuesto especial siempre puede alcanzar el SMI.
Estas prestaciones asistenciales no son voluntarias y se aplican de oficio y tiene una duración máxima de 180 días, pero una vez se agote se puede pedir renovación si se mantiene el trabajo por cuenta ajena. En caso de que lo hayas perdido, debes solicitar el paro, que es una prestación diferente.
Las rentas que se obtienen del trabajo por cuenta ajena a tiempo completo o a tiempo parcial durante el periodo en que se percibe el complemento de apoyo al empleo no se tienen en cuenta para las reanudaciones y prórrogas del subsidio.
Las cuantías van de los 30 euros a los 480, con muchas diferencias en función de si se percibe durante el primer trimestre de subsidio o en los posteriores, cuando va disminuyendo, y también en función de si se trata de un empleo a tiempo parcial superior o inferior al 50% de la jornada laboral. El objetivo del complemento es facilitar la reinserción laboral de los trabajadores. Los detalles de este complemento y la forma de solicitarlo pueden consultarse en este enlace.
Las cuantías de los subsidios dependen del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que actualmente es de 600 euros.