En diciembre de 2023, el Gobierno español aprobó una revalorización de las pensiones contributivas de un 3,8% y la subida anual de las no contributivas de un 6,9%. La decisión mejora las pensiones y prestaciones de 11,8 millones de jubilados. 

La subida del 3,8% en 2024 supuso un aumento de más de 730 euros al año para una pensión media de jubilación, que es de 1.443 euros al mes. La pensión media de viudedad es de 896,8 euros al mes y la pensión media es 1.255  euros al mes. De acuerdo a la inflación actual, las pensiones contributivas deben subir un 3,2% en enero de 2025. 

En el caso de las pensiones no contributivas (aquellas que se conceden aunque no hayas cotizado en la Seguridad Social), tanto de jubilación como la de invalidez, se han incrementado hasta los 7.250,60 euros anuales, o lo que es lo mismo, 517,90 euros al mes.  

Las pensiones para personas que no han cotizado el mínimo de 15 años sirven para que subsistan los jubilados más vulnerables, que ni han cotizado lo suficiente ni tienen ingresos suficientes. Y la reforma de las pensiones de 2023, que las ajustó a las subidas del IPC, previo para ellas que suban por encima incluso que la inflación. 

El objetivo de cara a 2027 es que la pensión no contributiva alcance el 75% del umbral de la pobreza para una sola persona. Y además, debe cubrir por lo menos un 60% de la renta media del país. Ahora mismo, tan solo cubre un 40%. 

Por ello, de cara al año que viene, se deberá aplicar una fórmula para que se sume un porcentaje adicional a la pensión actual que la lleve a alcanzar ese 75% de cara al año 2027. Las primeras estimaciones del Gobierno prevén que deberá revalorizarse un 18,24% cada año. Con estas previsiones, las pensiones no contributivas deben quedar de la siguiente manera: 

  • En 2025, serán 542,85 euros al mes o 7.599 euros anuales.
  • En 2026, serán 564,28 euros al mes o 7.900 euros anuales. 
  • En 2027, serán 592 euros al mes o 8.250 euros anuales.

Recuerda que el requisito para cobrar esta prestación no contributiva es ser mayor de 65 años (para otras edades, hay otras ayudas) no tener ingresos superiores a 7.250 euros anuales para una persona y no haber cotizado 15 años o más en la Seguridad Social, puesto que en este caso cobrarías una pensión contributiva. 

En caso de que la persona conviva con su cónyuge y la familia de segundo grado (hermanos), esos ingresos no deben de ser mayores de 12.326,02 euros en hogares con dos convivientes, 17.401,44 con tres convivientes y 22.476,86 euros con cuatro convivientes más. 

Si entre los convivientes están padres o hijos, las cuantías son mayores y el tope está en 30.815,05 euros con dos convivientes, 43.503,60 euros con tres convivientes y 56.192,15 con cuatro convivientes más.