El calendario laboral de 2024 recoge doce días festivos nacionales, de los que nueve se celebrarán de forma conjunta en toda España, el mismo número que este año, según una resolución de la Dirección General de Trabajo publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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En concreto, el año que viene serán fiesta en toda España el lunes 1 de enero (Año Nuevo), el sábado 6 de enero (Epifanía del Señor), el viernes 29 de marzo (Viernes Santo), el miércoles 1 de Mayo (Fiesta del Trabajo), el jueves 15 de agosto (Asunción de la Virgen), el sábado 12 de octubre (Fiesta Nacional de España), el viernes 1 de noviembre (Todos los Santos), el viernes 6 de diciembre (Día de la Constitución Española), La Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y el miércoles 25 de diciembre (Natividad del Señor).

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Calendario laboral España 2024

Existen otros festivos comunes que las comunidades autónomas pueden desplazar a otro día. Así ha ocurrido con el jueves 28 de marzo (Jueves Santo), que será festivo en toda España, menos en Comunidad Valenciana y Catalunya, pero no con el viernes 6 de enero, el día de Reyes, que todas las comunidades han decidido mantener.

Entre las facultades reconocidas a las comunidades autónomas se encuentra también la posibilidad de sustituir el descanso del lunes siguiente a las fiestas nacionales que coinciden en domingo por la incorporación de otras que les sean tradicionales, así como la opción de celebrar San José (19 de marzo) o Santiago Apóstol (25 de julio) en su correspondiente territorio. Así, el 9 de diciembre (lunes siguiente a la Inmaculada Concepción) será fiesta en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Extremadura, Murcia y Melilla; el jueves 25 de julio (Santiago Apóstol) solo será festivo en Cantabria, Galicia, Madrid, Navarra y País Vasco, y el martes 19 de marzo (San José) solamente será fiesta en Murcia y Comunidad Valenciana.

Festividades 2024

1 de enero: Año Nuevo (lunes)

6 de enero: Epifanía del Señor (sábado).

- 29 de marzo: Viernes Santo (viernes).

- 1 de mayo: Día del Trabajo (miércoles).

- 15 de agosto: Asunción de la Virgen (jueves).

- 12 de octubre: Fiesta Nacional de España (sábado).

- 1 de noviembre: Todos los Santos (viernes).

- 6 de diciembre: Día de la Constitución Española (viernes).

- 25 de diciembre: Natividad del Señor (miércoles).

A los días festivos nacionales siempre hay que sumar dos festivos autonómicos y dos locales, hasta sumar un total de 16 días festivos al año

Fines de semana largos

La celebración de varias fiestas en lunes o viernes, pegados, por tanto, al sábado y el domingo, permitirá contar el próximo año con algunos fines de semana más largos de lo habitual en el conjunto de España. Así sucede con el lunes 1 de enero, el viernes 1 de noviembre y el viernes 6 de diciembre.

En las comunidades que han optado por celebrar el Jueves Santo (28 de marzo), que son casi todas, habrá un puente de cuatro días, y en cinco comunidades (Baleares, Cantabria, Navarra, País Vasco y La Rioja) este puente será de cinco días, puesto que han decidido dar también como festivo el lunes de Pascua (1 de abril).  Además, aquellos empleados que puedan permitirse coger algún día libre, podrían alargar el fin de semana por la celebración de la Asunción de la Virgen (15 de agosto) en jueves.

Festivos retribuidos

En la resolución del BOE se precisa que en Catalunya y Comunidad Valenciana se ha establecido, además de los 12 festivos nacionales retribuidos y no recuperables, un festivo retribuido recuperable, lo que significa que si los trabajadores disfrutan de esa fiesta adicional, tendrán que recuperar las horas no trabajadas. En el caso de la Comunidad Valenciana, el festivo retribuido recuperable se ha fijado para el lunes 24 de junio (San Juan), mientras que Catalunya deberá escoger entre el 6 de enero, el 1 de abril, el 24 de junio y el 26 de diciembre (San Esteban).