A pocos días para que arranque la Campaña de la Renta 2024 surgen algunas dudas entre los contribuyentes: desde las novedades de este año, los plazos para llevar a cabo la Renta, hasta las deducciones de las que pueden beneficiarse. Con cada nueva campaña, la Agencia Tributaria introduce algunos cambios y actualizaciones que pueden marcar la diferencia en el resultado final. Una de ellas es una deducción que permite a muchas personas ahorrarse hasta 1.300 euros, pero no todos saben que pueden acogerse a ella.
Este beneficio fiscal está relacionado con la vivienda y se aplica a aquellos contribuyentes que cumplen con ciertos requisitos. Aunque la deducción por compra de vivienda desapareció hace unos años, existe un régimen transitorio que permite a algunas personas seguir disfrutándola. Así, si estos contribuyentes cumplen con una serie de requisitos, pueden beneficiarse de una de las principales deducciones estatales de IRPF.
Deducción por inversión en vivienda habitual
Se trata de la deducción por inversión en vivienda habitual, una deducción que se eliminó con efectos desde el 1 de enero de 2013, pero que contempla un régimen transitorio que permite a determinados contribuyentes seguir beneficiándose de ella. Para poder hacerlo, hay que cumplir una serie de requisitos. La Agencia Tributaria los detalla en su página web y son:
- Que los contribuyentes comprasen su vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 o, a partir de esa fecha, siempre que en este último caso se hubieran satisfecho cantidades para la construcción de la misma antes del 1 de enero de 2013 y la finalización de las obras se hubiera producido en los plazos que fijaba la normativa del IRPF aplicable.
- Que la vivienda en cuestión constituya la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de, al menos, tres años.
- Que el contribuyente habite la vivienda de forma efectiva y carácter permanente dentro de los doce meses contados a partir de la fecha de compra o de terminación de las obras.
- Que el contribuyente se beneficiase de la deducción por inversión en vivienda habitual con anterioridad al 1 de enero de 2013.
Deducción de hasta 1.356 euros
Para determinar la cuantía de la deducción hay que atender a la base máxima de la deducción y a los tramos autonómicos y estatales. El tramo estatal es de un 7,5%, el tramo autonómico de un 7,5%, mientras que la base máxima de la deducción es de 9.040 euros al año.
Por lo tanto, la deducción máxima sería de 1.356 euros. Para la base de deducción se pueden incluir las cantidades satisfechas por el contribuyente en el ejercicio para la adquisición, construcción, rehabilitación y ampliación de la vivienda habitual, incluidos los gastos y tributos originados que hayan corrido a cargo del contribuyente como el Impuesto sobre Tramitaciones Patrimoniales y actos jurídicos documentados, el IVA, honorarios de arquitecto y aparejador o la declaración de obra nueva, entre otros.