Todos los contribuyentes ya pueden consultar su borrador a través de la web o la app de la Agencia Tributaria. Un trámite que siempre genera dudas. Para poder acceder al borrador, hace falta un certificado o DNI electrónico, estar dado de alta en el sistema Cl@ve PIN o tener un número de referencia. No tendría que ser difícil, pero a algunos contribuyentes siempre se les acaba atrapando el proceso, explican los expertos del comparador de productos financieros HelpMyCash.com, que acaban de presentar a una guía para descargar el borrador del 2022.

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De entrada, este 11 de abril empieza el plazo por presentar la declaración de la renta de 2022 por Internet. El periodo para confeccionar la declaración por teléfono empieza el 5 de mayo y en oficinas, el 1 de junio. La campaña de la renta acaba el 30 de junio.

¿Cómo descargo el borrador?

Aquellos que tengan un certificado digital o ya estén registrados en el sistema Cl@ve, solo tienen que entrar en la página web de la Agencia Tributaria a partir del día 11, acceder al sistema Renta WEB e identificarse con uno de los dos métodos. Un trámite que no tendría que durar más de unos minutos. El problema llega con aquellos que no tienen ni el uno ni el otro.

La tercera vía es solicitar un número de referencia, que se puede utilizar para identificarse en el portal de la renta y descargar el borrador. Aunque el plazo para acceder el borrador empieza el 11 de abril, este código se puede obtener desde el pasado 8 de marzo. Eso se consigue con la casilla 505 de la declaración del año anterior. El importe de esta casilla, que cada año lleva muchos problemas a los contribuyentes, hace referencia a la base liquidable general sometida a gravamen y no se tiene que confundir con el resultado de la declaración.

La casilla se puede encontrar en el borrador o la declaración del año anterior si se conserva una copia o en el documento de ingreso o devolución. Si el sistema detecta que presentaste Renta 2021 y que el importe de la casilla 505 no es cero, solicitará el importe de la casilla 505. Introduce el importe con el número entero sin separación a los millares y dos decimales separados por una coma. Clicad a "Obtener referencia".

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¿Es tu primera declaración?

Si el año pasado no se presentó la declaración, en este caso es mucho más fácil obtener el número de referencia, porque solo hay que indicar los últimos cinco dígitos del IBAN de una cuenta corriente a nombre del contribuyente. De todos modos, si no hay manera de encontrar la casilla 505, queda otra alternativa: Registrarse en el servicio Cl@ve PIN. Este sistema permite recibir un pin por una app o por SMS que se puede utilizar durante diez minutos para acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Se puede pedir uno nuevo cada vez que se necesite. Es muy práctico y permite olvidarse de la casilla 505, pero para usarlo hay que registrarse antes.

Ten en cuenta que algunos datos como el estado civil o la información sobre hijos menores de edad o incapacidades judicialmente sometidos a patria potestad prorrogada o rehabilitada no se podrán modificar posteriormente. Si el estado civil es "CASADO/A" pero no deseas introducir los datos fiscales del cónyuge, tienes que marcar la casilla para el cálculo de la declaración individual.

Las fuentes de contacto

Por otra parte, la opción más rápida es hacerlo por videollamada. En diez minutos el registro puede estar completado. La vía más lenta es solicitar una carta con un código de seguridad, esperar que llegue al domicilio y acabar el registro por Internet. También es posible registrarse en Cl@ve en una oficina de forma presencial. Finalmente, cuando todos los datos identificativos se hayan validado se mostrará la referencia a la pantalla. Anótala para identificarte a los servicios de Renta y aprieta "cerrar". Si ya habéis accedido antes a Lava WEB y habéis guardado los datos podréis Continuar sesión" para recuperarlas. Si ya existe una declaración presentada y quieres modificarla, aprieta "Modificar declaración presentada". También podéis empezar una "Nueva declaración", incorporando los datos fiscales.