Es raro encontrar un trabajador que no haya pasado alguna vez por una oficina de Empleo, bien para inscribirse por si hay suerte y le llaman para alguna oferta de empleo, bien para cobrar alguna de las prestaciones, ya sea la contributiva, ya sea el subsidio de desempleo. Para empezar, las oficinas de empleo albergan dos administraciones distintas, que se dedican a tareas diferenciadas. En una parte están los funcionarios del Servicio Público de Empleo Estatal (Sepe) -que depende del Ministerio de Trabajo y Economía y Social- y, otra parte, las dependencias son para los empleados de los servicios autonómicos de empleo.
El Sepe se encarga de tramitar las prestaciones económicas -prestación o subsidio de desempleo- mientras que las labores de colocación, formación y orientación están traspasadas a las oficinas autonómicas. Cuando alguien ha sido despedido y, por tanto, tiene derecho a recibir el paro, primero pasa por las mesas del Sepe y, una vez se hayan tramitado las ayudas, debe desplazarse a las mesas de la parte autonómica para los servicios puramente de colocación. En principio, están bien coordinadas y con una solo cita se pueden hacer los dos trámites, pero no está de más cerciorarse. Cada comunidad autónoma tiene sus propios servicios, con teléfonos y páginas propios de fácil localización.
Pero en ambos casos, se precisa haber concertado previamente una cita, pues en el Sepe señalan que solo se atenderá al ciudadano cuyo nombre y DNI/NIE coincida con el de la cita. A tal fin, en las oficinas se solicitará el DNI/NIE para verificar la identidad. Además, si es extranjero no comunitario, deberá aportar el TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) y el pasaporte.
Prestación
Antes de solicitar la prestación, el Sepe advierte de que es necesaria estar inscrito como demandante de empleo ante el Servicio Público de Empleo de su Comunidad Autónoma. Pero si en los 180 días anteriores al reconocimiento de la prestación ha estado inscrito/a, en algún momento, como demandante de empleo, su inscripción se realizará de forma automática. Si no cumple este requisito o ha modificado su domicilio, deberá acudir previamente al Servicio Público de Empleo de su comunidad autónoma con anterioridad a la cita de la oficina de prestaciones.
Ahora, bien. Si lo que se va a solicitar mediante la presolicitud es el alta inicial de la Renta Activa de Inserción (RAI) o del Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), es obligatoria la renovación de la demanda ante su oficina de empleo y, además, acreditar ante esta la realización de acciones de búsqueda activa de empleo (BAE). Esto tendrás que hacerlo antes de presentar la presolicitud de alta inicial. Si ha interrumpido la RAI o el SED por trabajo y lo que quieres es reanudarlo, sí se activará automáticamente la demanda, pero solo si dejaste de sellar porque estabas trabajando por cuenta ajena y han pasado menos de 180 días desde que tu demanda quedó en baja por no renovarla.
Cita previa
Por teléfono. Los teléfonos oficiales del Sepe son el 060 y el de cita previa 91 926 79 70. Una advertencia: el Sepe recuerda que los números de teléfono que empiezan por 800/807 tienen una tarificación especial y no son del Sepe. “Los datos proporcionados a estos números de teléfono pueden utilizarse para fines distintos”, señalan.
Por Internet. A través de la página de Cita previa del Sepe se puede solicitar en cinco pasos:
1. Elección de trámite. Se debe introducir primero el código postal de residencia, el tipo de oficina (prestaciones) y finalmente el trámite que se quiere realizar. El sistema permite seis opciones, entre ellos la solicitud de la prestación por desempleo tras la perdida de un trabajo o del subsidio de desempleo. Luego el subtrámite dependiendo de la elección anterior. Y finalmente el NIF.
2. Elección de canal y oficina
3. Validación
4. Día y hora de la cita
5. Datos personales
6. Cita previa
Sin acudir a la oficina
No obstante, algunos trámites se pueden realizar de manera sencilla, ágil y segura, de forma electrónica (sin acudir a la oficina):
- Sin firma electrónica, a través del Formulario de presolicitud y tr@mites.
- Si dispone de DNI electrónico, certificado digital o usuario cl@ve, en la sede electrónica del Sepe.
Entre los trámites online, destacan los siguientes:
- Reconocimiento en línea: Reconocimiento automático de la prestación contributiva.
- Solicitud de prestaciones: Presentación de las solicitudes que serán tramitadas posteriormente por las personas que gestionan las prestaciones.
- Consultas: del estado de tu prestación.
- Certificado de empresa: consulta de los datos del certificado de empresa.
- Modificación de datos bancarios.
- Obtención de Certificados de la prestación (de situación, IRPF, importes percibidos, etc.).
Asimismo, existe una amplia información de prestaciones por desempleo (no exige ninguna identificación)
- Guías informativas, preguntas frecuentes, información estática.
- Carpetas informativas y modelos de impresos.
- Simulador de prestaciones para obtener información sobre la posible prestación que le puede corresponder.
No obstante, también se puede rellenar y descargar el impreso de solicitud de prestación por desempleo a través de Modelos de impresos, que se podrá presentar junto con la documentación necesaria, en cualquier registro de la Administración Estatal y Autonómica, y de las Administraciones Locales, en este último caso, siempre que tengan suscrito el oportuno convenio, (art. 38 de la Ley 30/1992. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).