El Consejo de Ministros dará luz verde este martes al anteproyecto de ley para la rebaja de la jornada laboral hasta las 37,5 horas semanales, sin pérdida de salario, prácticamente un año después de la primera reunión sobre el tema y tras haberse superado las diferencias que mantenían los ministerios de Trabajo y de Economía sobre su aplicación.
El anteproyecto es fruto del acuerdo que firmaron a finales del año pasado el Ministerio que dirige Yolanda Díaz y CCOO y UGT y del que quisieron quedarse fuera las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme, al entender que la jornada laboral es "una materia que debe fijarse vía negociación colectiva". Trabajo calcula que esta medida beneficiará a cerca de 12 millones de trabajadores.
Una vez que lo apruebe el Gobierno el martes, el texto recibirá los preceptivos informes del Consejo de Estado y del CES antes de volver al Consejo de Ministros como proyecto de ley, lo que Trabajo estima que se producirá a finales de febrero. Después, entrará ya en el Congreso, donde los grupos parlamentarios podrán introducir enmiendas antes de su aprobación definitiva. El objetivo del ministerio de Trabajo es que la norma esté publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) antes del verano para que las empresas puedan tener unos meses de adaptación, porque los convenios colectivos que tengan más de 37,5 horas semanales de jornada en promedio anual tendrán hasta el 31 de diciembre de 2025 para adaptarse a la jornada máxima de 37,5 horas.
El ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo, se ha mostrado convencido de que se logrará un acuerdo con los grupos parlamentarios para sacar adelante la norma y también en que habrá acuerdo respecto al paquete de ayudas a las empresas, especialmente pymes, para que puedan "absorber" la rebaja de la jornada laboral sin generales efectos negativos. Según el texto del anteproyecto, los contratos a tiempo parcial con duración igual o superior a las 37,5 horas semanales de promedio "se convertirán automáticamente en contratos a tiempo completo" a partir de la aplicación de la nueva jornada legal.
¿Qué pasará con los contratos con menos de 37,5 horas?
En caso de tener contratos con menos de 37,5 horas de jornada, los trabajadores a tiempo parcial, así como los trabajadores con jornada reducida, tendrán derecho a seguir realizando el mismo número de horas que viniesen efectuando antes de la entrada en vigor de la norma. Asimismo, tendrán derecho al incremento proporcional de su salario a partir de la aplicación de la jornada máxima ordinaria de 37,5 horas semanales.
Los trabajadores con jornada reducida por cuidado de menor o familiares o que tengan la consideración de víctimas de violencia de género, violencia sexual o víctimas del terrorismo también tendrán el derecho a seguir realizando el mismo número de horas de trabajo que viniesen efectuando anteriormente.
Para estos colectivos, el umbral máximo legal de la reducción de jornada vigente en el momento de su inicio se mantendrá hasta que finalice el derecho a la reducción de jornada, con el límite absoluto del 31 de diciembre de 2026. Alternativamente, podrán adaptar la jornada reducida que venía realizando a la nueva jornada legal prevista, en el marco del horario que previamente disfrutaban. En cuanto a las jornadas especiales de trabajo, el Gobierno se da un plazo de 18 meses para revisar, junto con los agentes sociales, su normativa para adecuar las ampliaciones y limitaciones en la ordenación y en la duración de la jornada de trabajo a la nueva jornada máxima legal.
Endurecimiento de las sanciones
El Gobierno multará con hasta 10.000 euros por trabajador a las empresas que incumplan con el registro horario y la reducción de la jornada semanal máxima de 37,5 horas. Esto supone un endurecimiento de las sanciones actuales en materia de jornada por dos vías: en primer lugar, porque se multará a las empresas por cada trabajador con el que se incumplan las normas y no de manera global, y en segundo, porque el importe de las multas, tipificadas como infracción grave de los empresarios, serán más cuantiosas, pasando de un máximo de 7.500 euros a 10.000 euros.
Así, de acuerdo con el anteproyecto, la transgresión de las normas y los límites legales o pactados en materia de jornada, trabajo nocturno, horas extra, horas complementarias, descansos, vacaciones, permisos, registro de jornada y, en general, el tiempo de trabajo se sancionarán, en su grado mínimo, con multas de 1.000 a 2.000 euros; en su grado medio, de 2.001 a 5.000 euros y, en su grado máximo, de 5.001 a 10.000 euros.