La dirección general de Consumo ha requerido información a Alquiler Seguro y a las otras agencias inmobiliarias por posibles prácticas abusivas contra inquilinos en la gestión del alquiler. Basándose en ello, la dirección del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha abierto un expediente sancionador a una "gran agencia inmobiliaria" que opera en todo el territorio nacional, ha comunicado sin especificar el nombre, aunque según Facua, ha recaído en Alquiler Seguro.
Consumo analiza posibles prácticas abusivas contra inquilinos en la gestión del alquiler, por cobrar comisiones ilegales y obligar a los inquilinos a contratar servicios no solicitados, ha informado este jueves el departamento que dirige Pablo Bustinduy. Según Facua, Alquiler Seguro obligaba a los inquilinos a abonarles el equivalente a un mes de renta más el 21% de IVA, cobro que justificaban en la prestación de un "servicio de atención al arrendatario", recoge en una información Europa Press.
Asimismo, revela que la empresa ha contactado con la asociación para asegurarle que, tras su denuncia, ha dejado de imponer la contratación del servicio y que, una vez visitado el inmueble, facilita a los usuarios que no quieren contratarlo los datos de contacto del propietario de la vivienda. "Sin embargo, la dirección general de Consumo habría constatado en los últimos meses una serie de irregularidades que la han llevado a incoar el expediente sancionador a la empresa", indica en un comunicado. La dirección general de Consumo precisa que la iniciación de este expediente sancionador no prejuzga el resultado final de la investigación.
Facua afirma haber tenido conocimiento por fuentes ajenas al Ministerio de que Alquiler Seguro ha sido emplazada para presentar sus alegaciones a la propuesta de sanción. La empresa también tiene la opción de reconocer la comisión de una parte o la totalidad de las infracciones por las que ha sido expedientada, comprometerse a subsanarlas y abonar la multa con una significativa reducción de su importe.
De este modo, la dirección general de Consumo ha requerido información a Alquiler Seguro y a las otras agencias investigadas tras recibir denuncias sobre este tipo de acciones por parte del Sindicato de Inquilinas-CECU, Facua y la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).
Estas denuncias apuntan a infracciones como el pago de una comisión por la gestión del arrendamiento, imponer la contratación de un seguro o la obligación de contratar servicios no solicitados por el inquilino.
Una medida contra la ley
En este sentido, Consumo recuerda que la Ley de Vivienda prohíbe expresamente trasladar a los inquilinos los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato. Asimismo, indica que estas cláusulas o prácticas podrían ser constitutivas de infracciones que, según la Ley de Defensa de los Consumidores, podrían calificarse como graves o muy graves.
En caso de ser consideradas infracciones graves, las multas podrían ser de hasta 100.000 euros, pudiéndose sobrepasar esas cantidades hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido. Si se calificaran como muy graves, las multas podrían llegar hasta el millón de euros, pudiéndose superar esa cantidad hasta alcanzar entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido.
Este nuevo procedimiento de sanción por parte de Consumo se une al expediente sancionador que el Ministerio abrió hace tres meses, también en el ámbito de la vivienda, a una plataforma dedicada al alquiler de viviendas turísticas.
En este caso, el expediente se puso en marcha porque esta plataforma mantiene miles de anuncios de alojamientos de este tipo que fueron catalogados como publicidad ilícita por suponer una infracción de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios.
La dirección general de Consumo solicitó a la plataforma que retirara de forma inminente estos anuncios y, ante su negativa, se le incoó el expediente.
Sanciones a viviendas turísticas
En esta misma línea, Consumo abrió en febrero expedientes sancionadores a empresas que administran viviendas turísticas en distintas comunidades autónomas tras detectarse que estas gestoras estarían ofreciendo "información falsa o información que, aun siendo veraz, puede inducir a error a los destinatarios, por su contenido o presentación", lo que supondría una práctica engañosa susceptible de alterar el comportamiento económico, como define el Artículo 5 de la Ley de Competencia Desleal.
Esto es, por ejemplo, indicar en el anuncio que quien gestiona un alojamiento turístico es una persona particular, o varias, cuando en realidad se trataría de una empresa. El Ministerio que dirige Pablo Bustinduy defiende que la vivienda es un derecho y un bien de primera necesidad amparado por la ley.
Todas estas iniciativas, destaca Consumo, se enmarcan en el objetivo fijado como acción prioritaria del Ministerio de proteger los derechos de los consumidores en el acceso a la vivienda.
Sobre los derechos de los inquilinos, desde Consumo ya se han llevado a cabo acciones informativas con los operadores del mercado sobre potenciales conductas abusivas en los contratos de alquiler. Se tratarían de prácticas que también son contrarias a la normativa vigente, como exigir a inquilinos el pago de fianzas desproporcionadas, que asuman garantías adicionales o que tengan que pagar mensualidades adelantadas.