La vida laboral de un trabajador por cuenta ajena es esencial para poder calcular la pensión por jubilación que podrá percibir cuando se jubile. La prestación se calcula en cada caso sobre las bases de cotización a la Seguridad Social que ha generado el trabajador y, por ello, cada persona tiene derecho a una jubilación distinta. No obstante, por ley, quedan establecidos unos topes. Además, las pensiones, una vez ya se cobran, se revalorizan anualmente sobre el Índice de Precios al Consumo (IPC) del año anterior. Para este 2025, la subida se ha fijado en un 2,8%, lo que supone un aumento de unos 93 euros mensuales de media para los jubilados.

Dicho esto, la pensión máxima, o dicho de otra forma, el 100% de la jubilación, solo se puede obtener si durante nuestra vida laboral hemos generado suficientes cotizaciones para que el cálculo de la base reguladora dé lugar a cobrar el máximo establecido -incluyendo posibles coeficientes reductores o decrementos-. 

La pensión máxima para un trabajador por cuenta ajena ha quedado establecida para 2025 en 3.267,60 euros mensuales. Es decir, un total de 45.746,40 euros anuales, independientemente de si se cobra en 12 o 14 pagas al año. Este es el límite que no se puede superar. Es decir, en el caso de que el trabajador cobre otro tipo de prestaciones sociales -entiéndase una pensión de viudedad, por ejemplo, o por dependencia- se sumarán todas las retribuciones como si se cobraran a la vez y, entre todas, tampoco se podrá superar el tope de 45.746, 40 euros anuales.

Únicamente queda exento de esta suma el complemento para reducir la brecha de género, que ya no está limitado para quienes perciben la pensión máxima. Cabe recordar que el complemento para reducir la brecha de género se percibe para compensar el impacto que tiene la dedicación para el cuidado de los hijos -tanto en hombres como en mujeres, pero especialmente se da en este último colectivo-. Esta ayuda estatal equivale a una cuantía mensual de 35,90 euros por hijo, con un máximo de cuatro hijos.

 El complemento para reducir la brecha de género es una cantidad económica que se añade a la pensión de jubilación para compensar el impacto que ha tenido el cuidado de los hijos en las carreras profesionales, especialmente en el caso de las mujeres. En 2025, la cuantía mensual de este complemento es de 35,90 euros mensuales por hijo, con un máximo de cuatro hijos.

En cualquier caso, además de cumplir con los requisitos de cotización, el trabajador que quiere jubilarse precisa haber alcanzado la edad de jubilación ordinaria fijada por ley. En 2025 la cifra ha sido fijada en los 66 años y 8 meses de edad, aunque aquellas personas que cuenten con al menos 38 años y 3 meses cotizados podrán jubilarse a los 65 años de edad.

Además, otro requisito esencial es que el trabajador haya cotizado en la Seguridad Social por lo menos durante 15 años. Con un factor muy determinante: que al menos 2 de esos 15 años estén dentro de los últimos 15 años previos al momento de solicitar la pensión por jubilación. Esto da derecho a percibir únicamente el 50% de la pensión. Para cobrar la pensión máxima de jubilación, el trabajador debe haber cotizado más años, y su base reguladora también debe ser elevada.