En Estados Unidos se conoce como “la gran dimisión”, un fenómeno surgido con fuerza tras la pandemia del Covid que lleva a muchos trabajadores a dimitir de su puesto de trabajo, en muchos casos, sin tener un empleo alternativo. En el primer semestre de este año, 1,38 millones de trabajadores se han dado de baja voluntariamente, un 2,7% más que en los seis primeros meses del año pasado, según los datos de afiliación a final de mes de la Seguridad Social. Se trata, pues, de una práctica muy extendida, especialmente entre los contratos indefinidos, si tenemos en cuenta que 12 de cada 100 personas que han dejado sus empleos, lo han hecho de forma voluntaria.
La dimisión es un derecho de todo asalariado que se recoge en el artículo 49,1 del Estatuto de los Trabajadores, que regula la extinción del contrato de trabajo: “Por dimisión del trabajador, debiendo mediar el preaviso que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar”.
Dada la dimensión de un fenómeno en el que incurren 7.600 trabajadores cada día y que sigue al alza, Lefebvre, empresa proveedora de software y contenido jurídico, ha elaborado una guía con las cuestiones clave para identificar correctamente los casos en los que se puede producir la dimisión o baja voluntaria de un trabajador y saber cómo actuar ante esta situación.
El abandono del empleo sorprende en un país, como España, con una de las tasas de desempleo más altas de Europa, rondando el 11,3%, según la Encuesta de Población Activa. El pasado año, la Seguridad Social detecto 2,8 millones de bajas voluntarios el pasado 2023, un récord que, de mantenerse como en los seis primeros meses, se superará en 2024.
Distintas implicaciones
En términos legales, una dimisión no tiene las mismas implicaciones que un despido o un fin de contrato. Según la guía elaborado por Lebvere, estás son las cuestiones claves en el caso de una dimisión o baja voluntaria.
¿Qué es una dimisión? Es la manifestación de la voluntad y propósito del empleado de dar por finalizado el contrato que le une con la compañía.
¿Es necesario alegar causas para dimitir? No, el empleado puede presentar su dimisión sin ningún requisito o causa que justifique su decisión.
¿Qué tipos de contratos están sujetos a posibles dimisiones? El empleado puede presentar su dimisión independientemente de si su contrato es indefinido o temporal.
¿Se pueden firmar pactos de permanencia para evitar dimisiones? Sí, los contratos laborales pueden firmarse con pactos de permanencia que, en caso de incumplirse por la presentación de la dimisión, el empleado debe abonar una indemnización pactada entre ambas partes.
Para evitarse sorpresas desagradables, conviene leer atentamente los contratos que se firman, por si entre la letra pequeña hay una cláusula que establece este pacto de permanencia que podría implicar que no se puede abandonar el puesto de trabajo antes de un cierto periodo de tiempo.
¿En qué casos no concurre una dimisión? Una dimisión no puede estar viciada por el error, intimidación, violencia o dolo. En esos casos no se considera que concurra, ni tampoco cuando la empresa anuncia un despido disciplinario o la interposición de una querella o denuncia.
Cómo despedirse
El Estatuto no deja clara una fórmula y los juristas, incluido Lefebvre, señalan que se puede hacer de forma: de manera tácita o expresa. En el primer bloque, mediante el comportamiento del que deduce clara y terminantemente que el trabajador quiere finalizar su vinculación laboral o, sencillamente, abandonando el puesto de trabajo, e inasistencia prolongada si se deduce que pretende la extinción del contrato. No se considera la inasistencia durante 3 días consecutivos.
Entre las formas expresas, valen signos escritos (mediante la presentación de la dimisión), pero también verbales que directamente expliciten la intención del trabajador de dejar su puesto de trabajo. También es válida la dimisión mediante un WhatsApp o SMS.
Lo más seguro es comunicarlo de forma explícita, pues, como queda dicho de forma clara en el Estatuto de los Trabajadores, la dimisión voluntaria debe precederse de un preaviso a la empresa, siempre que está así recogido en el convenio colectivo, bien de empresa, bien sectorial. Si se opta por no hacer ningún tipo de comunicación, conviene revisar el convenio que regula nuestra relación laboral para certificar que no se exige un preaviso. Porque si es obligatorio, la empresa podrá solicitarnos una indemnización por cada día de incumplimiento del preaviso.
Finiquito
De ser así, la empresa podría deducirnos del finiquito del último mes, con posibles pagas extraordinarias o días de vacaciones pendientes que deberá presentar la empresa. La guía de Lefebvre dice sobre el preaviso que la regulación aplicada puede devenir de un pacto individual, del convenio colectivo, pero también de la costumbre en la empresa o incluso en la zona. En cualquier caso, si está en un pacto individual, el plazo no puede superar en ningún momento el establecido en el convenio colectivo.