En líneas generales, hay tres conceptos donde se pueden aplicar deducciones en la campaña de la Renta 2023 que ya ha empezado este mes de abril.

Maternidad

Una de ellas es la deducción por maternidad. A partir del 1 de enero del 2023 quien tiene derecho a la deducción, al incremento por gastos en jardín de infancia o centros de educación infantil autorizados, qué cuantía te corresponde y como hacerla efectiva. Es una deducción de la cuota diferencial que puedes aplicar a partir de la declaración del 2015 y el importe incrementado, para gastos de jardín de infancia o en centros de educación infantil, a partir de la declaración del 2018. Se aplica tanto si la cuota diferencial es positiva (tu renta es a pagar) como si es negativa (tu renta es para volver) como si es cero. Puedes hacerla efectiva: Presentar la declaración de IRPF. Si vuestra cuota es positiva resta de esta el importe de la deducción e ingresa o solicita la devolución de la diferencia. Y si tu cuota diferencial es cero o negativa, solicita la devolución que resulta de tu declaración. En último término, puedes solicitar, cuando cumplas los requisitos, el abono anticipado. En este caso, no podrás minorar el importe de la deducción de la cuota diferencial que resulte de tu declaración de IRPF, pero no olvides declararlo.

Familia numerosa

En segundo lugar, está la deducción por familia numerosa. Es una deducción de la cuota diferencial que puedes aplicar a partir de la declaración del 2015 y, el incremento por cada hijo que exceda al exigido para que la familia numerosa adquiera la categoría general o especial a partir de la declaración del 2018. Se aplica tanto si la cuota diferencial es positiva (tu renta es a pagar) como si es negativa (tu renta es para volver) como si es cero. Puedes hacerla efectiva: Presentar la declaración de IRPF. O bien si vuestra cuota es positiva resta de esta el importe de la deducción e ingresa o solicita la devolución de la diferencia. También si tu cuota diferencial es cero o negativa, solicita la devolución que resulta de tu declaración. Y, en último término, solicitando, cuando cumplas los requisitos, el abono anticipado. En este caso, no podrás minorar el importe de la deducción de la cuota diferencial que resulte de tu declaración de IRPF, pero no olvides declararlo.

Sin vínculo matrimonial

La tercera y última es la deducción por ascendiente con dos hijos separado o sin vínculo matrimonial. Es una deducción de la cuota diferencial que puedes aplicar a partir de la declaración del 2015. Se aplica tanto si la cuota diferencial es positiva (tu renta es a pagar) como si es negativa (tu renta es para volver) como si es cero. Puedes hacerla efectiva: presentar la declaración de IRPF. También si vuestra cuota es positiva resta de esta el importe de la deducción e ingresa o solicita la devolución de la diferencia. O bien si tu cuota diferencial es cero o negativa, solicita la devolución que resulta de tu declaración. Y solicitando, cuando cumplas los requisitos, el abono anticipado. En este caso, no podrás minorar el importe de la deducción de la cuota diferencial que resulte de tu declaración de IRPF, pero no olvides declararlo.

Edades y rentas

Así pues, las rentas también vienen condicionadas por los hijos. Si los hijos menores de edad (o mayores sometidos a patria potestad prorrogada o rehabilitada) perciben rentas, excluidas las exentas, tiene que señalar la casilla correspondiente y, además, según cuál sea el caso:

En el caso de parejas de hecho, y en los de separación legal o divorcio, siempre que la guardia y custodia de los hijos esté compartida, el progenitor que no presente declaración conjunta con los hijos no tendrá que relacionar aquellos que presenten declaración con rentas superiores a 1.800 euros ni a los que tengan rentas superiores a 8.000 euros. Una vez llenados los datos anteriores, al pulsar el botón "aceptar", el programa os preguntará si autoriza o no a todos los miembros de la unidad familiar que hayan obtenido rentas. Con esta autorización, el programa calcula las declaraciones individuales y la declaración conjunta. Si no autoriza, tendrá que marcar tributación individual.

El programa solo admite un máximo de cuatro hijos perceptores de rentas.

  • Si el hijo percibe rentas anuales superiores a 8.000 euros, excluidas las exentas, marcará la casilla correspondiente.
  • Si el hijo presenta declaración individual por el impuesto con rentas superiores a 1.800 euros marcará la casilla correspondiente.