Por regla general, el tiempo mínimo que hay que cotizar para poder acceder a una pensión de jubilación es de 15 años (5475 días), de los cuales al menos 2 tendrán que estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
En este caso, los trabajadores tendrán derecho solo a un 50% de la base reguladora (se calcula dividiendo el importe de la base de cotización del trabajador durante el mes anterior a la prestación entre el número de días a que se refiere la cotización). No obstante, si la cuantía determinada es inferior a la pensión mínima, tendrá que ser completada por el denominado complemento a mínimos (que están sujetos a límites de ingresos) hasta alcanzar el importe señalado cada ejercicio.
A efectos de acreditar el periodo mínimo de cotización, tenemos que tener en cuenta que solo se computan las cotizaciones efectivamente realizadas o las asimiladas legal o reglamentariamente. Por otro lado, no se tendrá en cuenta la parte proporcional correspondiente por pagas extraordinarias. Si no se llega a los 15 años cotizados, no se puede acceder a la pensión contributiva, pero sí a una pensión no contributiva de jubilación, que es una prestación económica de carácter asistencial que se otorga a aquellas personas que no tienen recursos económicos suficientes para su subsistencia.
Ejemplos sin una cotización al 100%
A partir de aquí, si vamos al ejemplo concreto: "Tengo 65 años y 20 años cotizados, ¿tengo derecho a pensión?". La respuesta sería sí, pero no al 100% porque aunque has pasado de la década y media cotizada, no has llegado a la cotización que obliga la normativa de la jubilación ordinaria en el 2024 para obtener el total de tu prestación (el 100%). Si no te acoges a la legislación anterior al 01-01-2013, puedes consultar las tablas que marca la seguridad social para saber qué porcentaje de tu base reguladora te corresponde como pensión de jubilación ordinaria según los años y/o meses cotizados en el 2024. En este caso, con veinte años cotizados corresponde el 62,38%, aunque siempre hay excepciones o la letra pequeña a tener en cuenta.
Con la última reforma de las pensiones del Ministerio de la Seguridad Social, el cálculo de la pensión cambia cada año de acuerdo con el IPC y además se tiene en cuenta la edad de remanso, los años cotizados y la base reguladora. Al llegar a cierta edad, es habitual empezar a hacer cálculos. ¿Cómo se calcula en el resto de casos fuera del máximo para cobrar la totalidad? La pensión de jubilación se calcula tomando como referencia la base reguladora y aplicando el porcentaje correspondiente según los años trabajados. La base reguladora es el resultado de sumar los 300 meses inmediatamente anteriores al mes previo a solicitar la jubilación y dividirlo por 350. En el caso de las jubilaciones anticipadas, habrá que aplicar los coeficientes reductores.
Por lo tanto, en caso de haber cotizado 20 años, se tendrá derecho a un 62,38% de la base reguladora. El desglose es el siguiente:
- Con 15 primeros años de cotización: 50% de la base reguladora
- Están 60 meses hasta llegar en los 20, por lo tanto, siguiendo los requisitos de la Seguridad Social, hasta los 49 siguientes se suma 0,21%. En total, 10,29% de la base reguladora.
- A partir de los 50 meses, se sumará por|para cada mes un 0,19%. Por lo tanto, queda sumar 11 meses hasta 20 años, son 2,09%.
- En total, se tiene derecho a un 62,38% de la pensión.
La edad exacta para cotizar al 100%
Recuerda que todos estos datos son orientativos, basadas en una jubilación de personas mayores de 65 años sin cónyuge a cargo. La jubilación con 20 años cotizados también varía según el salario y la situación de cada trabajador. Y si quieres tener en cuenta tu edad, más arriba o abajo de los 65, también la respuesta es relativa. Según lo que establece el Ministerio, con menos de 38 años cotizados, la edad de jubilación será de 66 años y seis meses. Por lo tanto, los trabajadores que se quieran jubilar con 20 años cotizados, lo podrán hacer cuando cumplan 66 años y seis meses. Así que la respuesta parece clara, con 65 años y 20 cotizados no podrás acceder al 100% de tu pensión. Pero siempre puedes recurrir a un plan de pensiones para mejorar tu prestación de jubilación y gestionarla con tus propios tiempos.