Hay que leer siempre la letra pequeña y, desde el mes de mayo, se han introducido importantes novedades del permiso paternal de 8 semanas y la retribución de las 4 primeras. Así pues, con una nueva redacción en mayo de la norma, se da por cumplida la obligación que viene de Europa y modifica sustancialmente la normativa española. Actualmente, los padres tienen derecho a tener el periodo de lactancia acumulado, mientras que antes era optativo. Como ya es un derecho consolidado se elimina la obligación de retribuir dos semanas de las cuatro que se preveía del permiso de ocho semanas. Y la derivada es clara: ahora solo se remuneran las dos primeras semanas del permiso paternal.

Sin una norma consensuada

Estos desajustes entre España y lo que dicta el Parlamento Europeo, hace que el permiso parental remunerado de ocho semanas todavía no está completamente implementado desde junio del 2023 que salió para la adaptación de la normativa europea en materia de conciliación. Aunque el Real decreto ley 5/2023 introducía este permiso tanto en el artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores (TE), como en el artículo 49 g) del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), su aplicación directa y efectiva requiere un desarrollo reglamentario posterior y que todavía no se ha publicado. Tal como figura a la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, el límite para empezar a remunerar esta ayuda es el 2 de agosto del 2024 como límite, por|para lo cual, el Gobierno tendría que regular esta situación del permiso para poder remunerarlo.

¿Qué cálculos hacen?

Tal como recuerdan algunos especialistas, las diferencias son demasiado notorias entre algunos colectivos. En el caso de los empleados públicos, tiene acceso a varios permisos relacionados con la familia y el cuidado de hijos, como permisos por maternidad, paternidad, adopción, y guarda legal, entre otros, sin embargo, la implementación específica del permiso parental de ocho semanas todavía no ha sido regulada de manera concreta a la Comunidad de Madrid. Todavía no se sabe el importe a pagar para|por la Seguridad Social para este permiso parental, y se podrá solicitar con cita previa a cualquiera de las oficinas del INSS o por internet, desde la Seu Electrónica de este organismo. Por eso, hay que aportar la solicitud, DNI, libro de familia y certificado de titularidad de la cuenta bancaria A grandes rasgos, estas son las características:

El nuevo permiso, disponible a partir de agosto de 2024, tiene las siguientes características clave:

  • Duración: Hasta 8 semanas.
  • Distribución flexible: Se podrá tomar de manera continua o discontinua, en bloques semanales o en días sueltos, hasta que el hijo cumpla los 8 años.
  • Derecho de solicitud: Disponible para cualquier progenitor con hijos menores de 8 años, independientemente del tipo de contrato laboral.
  • Protección de derechos: Los trabajadores mantendrán sus derechos laborales y salariales durante el permiso, y las empresas no podrán despedir a los que soliciten esta medida, ofreciendo así una protección adicional a los padres y madres.
  • Solicitud: Hay que comunicarlo a la empresa con al menos 15 días de antelación.
  • Remuneración: La remuneración todavía no se ha determinado para el permiso parental. Sin embargo, se ha confirmado que, de las ocho semanas de permiso, únicamente dos serán retribuidas, en vez de las cuatro iniciales.

Este permiso es otorgado de manera individual por cada hijo o hija. Por lo tanto, estas ocho semanas de permiso tendrían que acumularse para|por cada hijo hasta que lleguen a los 8 años. El permiso es compatible con otros derechos como la reducción de jornada por cuidado de hijos o el permiso de lactancia. Además, desde el sindicato Solidaridad se recomienda coordinar el permiso con la empresa y ante cualquier conflicto los servicios jurídicos de Solidaridad se ofrecen para resolver todas las dudas.