En poco más de una semana arranca la campaña de la declaración de la renta. A partir del 3 de abril y hasta el 1 de julio, los españoles rendirán cuentas a Hacienda sobre lo que ganaron en 2023. Y en estos días, son muchos los contribuyentes que se preguntan qué se puede incluir en esta declaración para pagar menos (si toca pagar) o que nos devuelvan más (si nos sale a favor). El seguro se consagra como el producto por excelencia, ya que más de 20 millones de personas en el país tienen alguno contratado, según datos de la patronal aseguradora Unespa.
Aunque desde TaxDown aclaran que, si bien es cierto que las primas del seguro se pueden deducir, depende de la actividad realizada por el contribuyente. En general, las primas de seguro deducibles en la declaración de la renta son aquellas relacionadas con seguros de salud, siempre y cuando estén contratados para el contribuyente, su cónyuge o sus hijos menores de 25 años que vivan en el mismo domicilio.
Los trabajadores autónomos también podrán deducirse las primas de seguro médico contratado por ellos, su cónyuge o hijos menores de 25 años que convivan en el mismo domicilio, con un límite de 500 euros al año por persona. Aunque si el hijo o cónyuge tiene alguna discapacidad, el límite se ampliaría a 1.500 euros.
Para el resto de primas de seguro, existen especialidades, añade Valeria Hernández, experta fiscal de TaxDown, la startup española que ofrece servicios de asesoría fiscal online. Por ejemplo, las primas por seguro de vida solo serán deducibles si están vinculadas a un préstamo concedido para la realización de su actividad económica.
Así, en el contexto de una vivienda alquilada, son deducibles las primas de seguros pagadas durante el año como propietario y se encuentre debidamente justificado. Esto incluye seguros de hogar, seguros de impago de alquileres, y cualquier otro seguro relacionado directamente con la propiedad alquilada.
Por otra parte, hay ciertos casos en los que también se puede obtener una deducción si se tiene contratado un seguro. Por ejemplo con los seguros de vida e incendios asociados a la hipoteca de la vivienda habitual, si el contribuyente adquirió su vivienda antes de 2013 y está aplicando la deducción por inversión en vivienda habitual, podrá incluir las primas de los seguros de vida e incendios obligatorios para la concesión del préstamo hipotecario.
También es el caso de algunas comunidades autónomas donde las primas pagadas por seguros de salud pueden ser objeto de deducción en la declaración de la renta. En este caso dependerá de la normativa específica de cada comunidad autónoma.
Algunos seguros de vida ahorro también desgravan
Desde el comparador financiero Kelisto recuerdan que también es posible desgravar el seguro de vida ahorro, es decir, los que combinan la cobertura de fallecimiento (pudiendo o no incluirse la prestación por invalidez) con un plan de ahorro. Es el caso de un seguro individual de ahorro a largo plazo (SIALP) o un PPA (Plan de Pensión Asegurado). Ahora bien, no en todos los casos se desgravará la misma cantidad.
La reducción fiscal depende de la póliza contratada. En los PPA y seguros de dependencia, la deducción de las primas se hace automáticamente en la base imponible del IRPF y será del 30% de los rendimientos del trabajo del asegurado, hasta un máximo de 8.000 euros.
Por su parte, el SIALP está libre de impuestos siempre y cuando se mantenga durante, al menos, cinco años sin sacar dinero de él y la aportación anual no supere los 5.000 euros.
Según explica Antonio Paredes, técnico de Gestha (el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda), “si antes de este periodo se produce el rescate o se incumple el límite de aportación, la entidad deberá practicar la retención o pago a cuenta correspondiente sobre los rendimientos de capital mobiliario positivos obtenidos”.