En la declaración de la renta hay dos tipos de deducciones fiscales: las generales que afectan a todos los ciudadanos españoles y las específicas, que solo afectan a ciertos colectivos o los ciudadanos de algunas autonomías en concreto. Antes del 30 de junio, cuando acaba el plazo para presentar la declaración de la Renta 2023, hace falta saber que la Agencia Tributaria ha añadido una deducción fiscal que afectará en la presente declaración de la renta a aquellas personas que residan en el País Valencià y en la Rioja pudiendo desgravar hasta el 30% del gastado en cuotas de gimnasio o actividad física. Por descontado, el gasto tiene que ser demostrable mediante el pago bancario por transferencia o domiciliación por parte del club de artes marciales o bien mediante factura recibida del mismo gimnasio o club.

Eso pertenece a una iniciativa por parte de estas autonomías para "fomentar el ejercicio físico y la práctica deportiva", y también los mismos entrenadores y clubs de estas comunidades pueden utilizarlo como reclamo para que la gente tenga una excusa menos a la hora de apuntarse a las actividades. Podéis consultar toda la información y hacer el cálculo de lo que os podéis deducir si residís en estas autonomías a la página web oficial de Hacienda.

Requisitos en La Rioja

La Agencia Tributaria la recoge oficialmente como una deducción "para fomentar el ejercicio físico y la práctica deportiva". Como norma general, se podrá deducir el 30% de los gastos hechos, con un límite máximo de deducción aplicable de 300 euros. Cubrirán servicios relativos al ejercicio físico y la práctica deportiva. Con respecto a los requisitos: se tienen que justificar los gastos con facturas o justificantes. En el caso de los mayores de 65 años, la deducción será del 100% en vez del 30%, y el mismo pasa con personas con alguna discapacidad con un grado del 33% o superior. Si se hace la declaración conjunta, también se pueden incluir los gastos de cónyuges o familiares.

Requisitos en el País Valencià

La Agencia Tributaria la recoge oficialmente como una deducción "por cantidades satisfechas en gastos asociados en la práctica del deporte y actividades saludables". Los contribuyentes que hayan tenido en el 2023 su residencia habitual en esta comunidad se podrán deducir hasta el 30% de las cuotas del gimnasio pagadas este ejercicio. Si se es mayor de 65 años o se tiene una discapacidad igual o superior al 33%, la deducción aumenta al 50%. Si se es mayor de 75 años o se tiene una discapacidad superior al 65%, la deducción llega al 100%. En todos los casos, la deducción máxima es de 150 euros. Por cantidades satisfechas en gastos asociados en la práctica del deporte y actividades saludables.

Más allá de estas dos comunidades, también hay algunas ayudas en algunas especificaciones con respecto a la cuantía y límites máximos de la deducción. En general, 30 por 100 de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo en gastos asociados en la práctica del deporte y las actividades saludables. Si el declarante es más mayor de 65 años o tiene una discapacidad en grado igual o superior al 33 por 100, el porcentaje de deducción es del 50 por 100. Si el declarante es más mayor de 75 años o tiene una discapacidad igual o superior al 65 por 100, porcentaje de deducción será del 100 por 100. El límite máximo de la deducción es de 150 euros. El límite de deducción se establecerá por contribuyente y los desembolsos podrán ir destinados a actividades desarrolladas por el contribuyente, el cónyuge y las personas que den derecho a la aplicación de los mínimos familiares por descendientes y ascendientes.

Requisitos generales

Que la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro, casillas [0500] y [0510] de la declaración, respectivamente, no sea superior a:

– 32.000 euros en declaración individual.

– 48.000 euros en declaración conjunta.

Que se puedan acreditar las adquisiciones de bienes o servicios mediante la factura correspondiente y el justificante del pago realizado mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito. Cuando dos contribuyentes declarantes tengan derecho a la aplicación de esta deducción para corresponder a gastos relacionados con otros miembros de la unidad familiar, el importe se tiene que prorratear entre ellos por partes iguales. Los límites íntegros de la deducción solo son aplicables a los contribuyentes cuya suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro sea inferior a 29.000 euros, en tributación individual, o 45.000 euros, en tributación conjunta. Cuándo la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro del contribuyente esté comprendida entre 29.000 y 32.000 euros, en tributación individual, o entre 45.000 y 48.000 euros, en tributación conjunta, los límites de la deducción serán los siguientes: