La Secretaría de Estado de Hacienda ha elaborado un informe interno que evalúa los efectos de la ley contra el fraude fiscal aprobado a mediados de 2021. Aunque no cuantifica económicamente el impacto de la norma, en el capítulo de conclusiones incide en que desde 2021 han aflorado un 5,7% las bases imponibles que no se justifican por la evolución de la economía. Por tanto, se trataría de la regularización de un dinero oculto que no tributaba hace dos años.
El informe, al que ha tenido acceso ON ECONOMIA, incide en que la Agencia Tributaria apuesta por evaluar la reducción del fraude fiscal mediante la comparación de la evolución de magnitudes tributarias con determinadas magnitudes macroeconómicas. Y entre las posibles combinaciones, ha centrado su análisis en la evolución de la base imponible agregada (de todos los impuestos en conjunto) en comparación con la demanda interior nominal en el período transcurrido desde la aprobación de la Ley 11/2021. Porque el aumento de los ingresos del conjunto de los contribuyentes españoles (bases imponibles de los impuestos) puede deberse a dos motivos: a la aparición de dinero oculto o a que la economía va mejor. Por tanto, Hacienda lo que hace es ver cuánto han crecido los bases imponibles y cuánto la economía, restando la segunda de la primera.
Tirón en 2021
Pues bien, según los cálculos que se recogen en el informe en 2021 la base imponible agregada de todos los impuestos había crecido un 12,4% y la demanda interior nominal un 8,7% respecto a 2020; por tanto, la diferencia entre ambas tasasen 2021 arroja un crecimiento de 3,7 puntos que no se explican por la economía y se puede considerar como afloramiento de dinero oculto, aunque el informe evita tales términos. Hasta junio del pasado año, últimos datos que maneja el informe, las tasas de crecimiento agregadas (2021 más primer semestre de 2022) de las bases imponibles crecieron el 15,7% y el 13,7% de la demanda interior nominal, lo que eleva a 5,7 puntos el diferencial entre ambas. O, dicho de forma más entendible, hay un 5,7% de crecimiento que no se explica por la mejoría de las condiciones económicas, sino por la reducción del fraude.
Sin embargo, Hacienda es cauta a la hora de atribuir exclusivamente este afloramiento de bases ocultas a las nuevas medidas de la ley contra el fraude de 2011. En las conclusiones, el informe determina que el comportamiento de las bases imponible agradadas “no solo se producen por la Ley mencionada, debiendo tener en cuenta muchos otros factores, tales como la mayor concienciación cívico-tributaria de los últimos años, los cambios de comportamiento derivados de la pandemia y la propia evolución de la actividad económica, entre otros factores”. Tampoco se podría descartar que el INE no esté midiendo correctamente la demanda interior nominal, aunque está posibilidad no la contempla el análisis de la Secretaría de Estado de Hacienda.
Hacienda saca pecho
Sin embargo, el informe saca pecho en favor de las medidas implantadas con la ley antifraude. “Procede destacar el relevante impulso que se produce en 2021, año de aprobación de la Ley 11/2021 (casi cuatro puntos porcentuales)” -en referencia a los 3,7 puntos de diferencia entre el crecimiento de las bases agregadas y la demanda interior de ese año- “lo que permite concluir que el comportamiento de las bases imponibles agregadas sigue teniendo una evolución positiva respecto de la evolución de la demanda interna nominal incrementándose e intensificando el diferencial acumulado entre ambas magnitudes, que en el segundo trimestre del presente año se sitúa ya en el 5,7%”.
Cinco medidas
El informe analiza en profundidad las medidas incluidas en la ley desglosándolas en dos grupos: las que fueron objeto de mención expresa en el Council Implementing Decision (CID) de Componente 27.R1 del Plan de Recuperación y las restantes. Las cinco primeras se refieren a:
La limitación de los pagos en efectivo para determinadas operaciones económicas, facilitando la trazabilidad de las operaciones y dificultando comportamientos defraudatorios.
La ampliación del ámbito subjetivo y objetivo del régimen de la lista de deudores a la Hacienda Pública.
La prohibición del software de doble uso.
La ampliación del concepto de paraíso fiscal en función del criterio de transparencia, de nula tributación y de regímenes fiscales preferenciales perjudiciales.
La incorporación del valor de referencia como nueva base imponible de los impuestos patrimoniales.
Fraude con pago en efectivo
Hacienda resalta en el informe que la utilización de medios de pago en efectivo en las operaciones económicas, si bien perfectamente legítima, facilita notablemente los comportamientos defraudatorios, en sus distintas manifestaciones. La ley rebajó los límites de los 2.500 euros anteriores a 1.000 euros, si había una empresa o un profesional en la transacción, y de 15.000 a 10.000 euros cuando el pagador era una persona física no residente.
A este respecto, el informe desvela que la Agencia Tributaria procede a abrir un expediente con el objeto de analizar si la conducta denunciada incumple las limitaciones de efectivo. Los expedientes iniciados por este motivo hasta el mes de junio de 2022, en materia de limitación de los pagos en efectivo ascienden a 3.668. Una cifra que el informe reconoce baja por la escasa andadura de la ley.