Este lunes 8 de abril finaliza el plazo que tienen las plataformas de comercio online, como Wallapop, Vinted o Airbnb, para informar a Hacienda de la identidad de los usuarios que en una anualidad hayan realizado más de 30 operaciones de venta de bienes en 2023, o hayan obtenido más de 2.000 euros en sus ventas. La normativa se aplicará al arrendamiento y cesión temporal de bienes inmuebles y medios de transporte, servicios personales y de venta de bienes, eso quiere decir que incluye desde la venta de una prenda de ropa a un arrendamiento de un alquiler a largo plazo (28 noches o más).
Las plataformas digitales deberán comunicar al fisco los datos de cualquier persona física (ya sea un usuario o un autónomo) o empresa que venda o preste servicios personales a través de ellas, como el nombre y apellidos, dirección, DNI o fecha de nacimiento. En principio, la nueva norma dictada por el Gobierno determina que estos datos se tienen que declarar durante el mes de enero con el balance del ejercicio anterior, pero al tratarse de su primer año de aplicación, el ejecutivo ha dado una prórroga de tres meses.
El real decreto aprobado por el Gobierno desarrolla las normas y procedimientos relativos a la obligación de información y de diligencia debida relativas a la declaración informativa de los operadores de plataforma digital, trasponiendo la DAC 7 e implementando el Acuerdo Multilateral entre Autoridades competentes sobre intercambio automático de información relativa a ingresos obtenidos a través de esas plataformas en el ámbito de la OCDE.
España aprobó a finales de 2022 la trasposición de esta directiva, que será efectiva a partir de 2024 y que permitirá inspecciones de Hacienda con otros países y fiscalizará las plataformas. No obstante, el reglamento establece que el fisco podrá solicitar información sobre las transacciones hechas cuatro años atrás, es decir, desde 2019.
La plataforma Wallapop informó hace unos días de que, en su caso, de los 19 millones de usuarios, la norma únicamente afectará a cerca de un 1% de los mismos. En este sentido, desde la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) se añade que la forma de tributar por la compraventa de artículos reutilizados no ha cambiado con la aplicación de la norma y, en el caso de los vendedores particulares, sólo sería necesario tributar en las ventas por importes superiores a su precio original, algo poco común en las transacciones de segunda mano entre particulares.