Mucha gente tiene derecho a reclamar que Hacienda le devuelva dinero a través de la declaración de la renta si se han pagado más impuestos de los necesarios durante el año. No obstante, es difícil que la Agencia Tributaria devuelva grandes cantidades a los trabajadores. Es por ello que cuando sí lo hace es destacable, como en el caso de los mutualistas.
Y es que, según ha confirmado la Agencia Tributaria, un error en las cotizaciones de los mutualistas les retuvo más cantidad de IRPF de la que debía, por lo que se Hacienda tendrá que devolvérselo a los que cumplan un requisito. En este caso, los trabajadores perjudicados podrán recuperar 4.000 euros. ¿Quiénes tienen derecho a reclamar?
Aquellos mutualistas que cotizaron entre 1967 y 1978 que, tal y como ha comunicado Hacienda, se les quitó el 100% de su cotización, cuando tendría que haber sido solo el 75%. Este grupo de trabajadores son los que se dedicaron a sectores como la banca, el comercio o la energía, entre otros, y, según las estimaciones, podrán recibir entre 3.000 y 4.000 euros.
Quedan fuera de la lista aquellos que contribuyeron durante su vida laboral en el régimen de las Clases Pasivas del Estado, los autónomos y las aportaciones a mutualidades de viudedad y de pensiones no contributivas.
¿Cómo reclamar los 4.000 euros?
De este modo, los perjudicados pueden reclamar el dinero que les debe Hacienda del periodo que va desde el año 2019 al año 2022. En este sentido, los mutualistas afectados ya están empezando a recibir ese dinero junto a las devoluciones de la renta correspondientes al ejercicio 2023. ¿Hasta cuándo puedes reclamar el dinero?
El plazo para pedir la devolución está abierto hasta el próximo 1 de julio y el trámite se puede realizar desde la web de la Agencia Tributaria. En la web hay un formulario para que aquellas personas afectadas por el error puedan rellenarlo. Para poder acceder al formulario se puede entrar en la web mediante Cl@ve móvil, certificado digital, DNI electrónico o número de referencia (casilla 505 de la declaración de la renta anterior)
Una vez dentro, los únicos datos a rellenar son el número de cuenta bancaria y el número de teléfono, puesto que la Seguridad Social tiene la información de todos los afectados.