La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), popularmente conocida como Hacienda, que es el ministerio que se ocupa de ella, se encarga de rastrear que los movimientos bancarios y dinerarios que se llevan a cabo en toda España cumplan con la legalidad y, por tanto, paguen la parte de impuestos que le corresponda. Si, por ejemplo, alguien compra un televisor nuevo en una tienda y este movimiento no queda registrado y no se paga el IVA, uno de los cometidos de Hacienda es perseguir este movimiento. Lo mismo sucede si alguien ingresa dinero sin declarar por un trabajo realizado. En este contexto, Hacienda se encarga de poner multas a quien ingrese o saque dinero fuera de lo establecido en la ley.
Son medidas que se llevan a cabo para prevenir, ante todo, el fraude fiscal y el blanqueo de capitales. Es por ello que los bancos están obligados a informar al Fisco de los movimientos sospechosos o de los que superan según qué cantidades. Los que despierten las alarmas de la Agencia Tributaria, podrán ser investigados. Y la investigación puede derivar en sanciones.
Los movimientos de dinero que pueden suponer multas no son de por sí ilegales, sino que son los que pueden generar alarmas. Es en caso de que no puedan justificarse cuando pueden derivar en sanciones. Estos son los ejemplos:
- Un ingreso de dinero en efectivo superior a 1.000 euros con el titular no identificado ante la entidad bancaria.
- Ingresos o retiradas superiores de 3.000 euros o en los que se utilicen billetes de 500 euros de los que el banco no ha informado.
- Una cantidad superior a 100.000 euros que se haya ingresado o transferido sin declarar a través del formulario S1.
Además de los ingresos y retiradas de dinero, Hacienda también vigila las transferencias bancarias, sobre todo aquellas a partir de 6.000 euros, de las que el banco debe notificar a la Agencia Tributaria. Si es superior a 10.000 euros, es necesario justificar el origen del dinero.
En cuanto a las sanciones que se aplican, estas varían en función de la gravedad, que está asociada a la cantidad de dinero sin justificar.
- Para las infracciones leves, por operaciones sin justificar de un máximo de 3.000 euros, se da un recargo de hasta el 50% de la cantidad que se dejó de ingresar.
- Para las infracciones graves, cuando la base de la sanción supera los 3.000 euros o cuando la infracción es más del 50% de la propia base, se recarga entre el 50 y el 100% de la cantidad que se dejó de ingresar.
- Por último, las infracciones muy graves pueden suponer hasta un 150% de recargo de la cantidad no declarada. Por eso, si se defraudan 100.000 euros, puede que Hacienda te sancione con un pago de 150.000 euros.
Es por ello que en los casos en que se prevea mover grandes cantidades de dinero, sea para hacer transferencias, ingresos o retirar efectivo, lo mejor es comentarlo con el banco y declararlo en la renta anual.