Los beneficiarios de pensiones contributivas reciben este mes un extra dirigido a reducir la brecha de género y mejorar la cuantía de sus prestaciones. La medida afecta a jubilados, viudos y personas con incapacidad permanente que cumplan los requisitos. El complemento de la Seguridad Social para la reducción de la brecha de género promete un incremento notable en las nóminas de los pensionistas este mes de abril. Quienes tengan reconocido el derecho a una pensión contributiva, ya sea de jubilación, viudedad o incapacidad permanente, pueden percibir este extra, siempre que cumplan unas condiciones específicas. Pero ¿cómo solicitarlo y cuáles son los nuevos importes?
Ser pensionista en España implica recibir 14 pagas anuales si se cumplen los requisitos establecidos. Además de las llamadas “pagas extra” de verano y Navidad, ahora se incorpora este complemento para compensar las diferencias producidas, sobre todo, al dedicarse al cuidado de los hijos. Las mujeres son las principales beneficiarias, pero los hombres también pueden acceder siempre que hayan interrumpido o visto afectada su trayectoria laboral debido al nacimiento o la adopción. En concreto, deben:
- Contar con una pensión contributiva a partir del 4 de febrero de 2021 (jubilación —excepto parcial—, viudedad o incapacidad).
- Haber tenido uno o más hijos inscritos en el Registro Civil.
- En el caso de los hombres, acreditar el perjuicio en la carrera profesional tras el nacimiento o adopción.
Cómo se calculan las nuevas cuantías
La cuantía de este extra sube en 2025 hasta los 35,90 euros mensuales por cada hijo o hija, con un máximo de cuatro. De esta forma, la tabla queda del siguiente modo:
Número de hijos Importe mensual
1 hijo 35,90 €
2 hijos 71,80 €
3 hijos 107,70 €
4 hijos 143,60 €
¿Te interesa solicitarlo? Afortunadamente, este complemento no se ve limitado por la pensión máxima ni condiciona los complementos a mínimos, lo que significa que puede ofrecer un empujón extra a un amplio abanico de pensionistas.
Pasos básicos para tramitar la ayuda
Para pedir este complemento, basta con marcar la casilla habilitada al solicitar la pensión de manera presencial o a través de la plataforma del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Si prefieres los canales online, puedes utilizar cl@ve, DNI electrónico o certificado digital en el portal “Tu Seguridad Social”. En caso de no disponer de estos medios, es posible enviar la solicitud en la página web del INSS, donde se especifican los datos relativos a los hijos. Otra opción es acudir personalmente a una oficina de la Seguridad Social, siempre con cita previa. ¿Tienes dudas? Puedes llamar a los teléfonos de atención (901 166 565 y 915 421 176) para recibir orientación directa.
Para finalizar, recuerda que este complemento se otorga a quienes reciban una prestación aprobada a partir del 4 de febrero de 2021, de modo que conviene verificar si se cumplen los supuestos. Revisa con antelación la documentación necesaria (certificados de nacimiento, libro de familia, etc.) y prepara toda la información que acredite la interrupción laboral. Con este refuerzo, la brecha de género en las pensiones da un paso atrás y muchas familias podrán afrontar con más seguridad sus gastos esenciales. Por último, si deseas conocer más información sobre otros asuntos relacionados con pensiones, subsidios y prestaciones, te recomendamos que visites nuestra plataforma web de noticias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.