La Ley Orgánica 5/2024 del Derecho de Defensa recoge un nuevo derecho de indemnidad para los trabajadores. De hecho, el Estatuto de los Trabajadores se encuentra en constante cambio con el paso del tiempo, ya que se trata de una normativa creada por Gobierno que regula todo lo que pasa entre la empresa y el trabajador y se adapta en función de las necesidades de cada momento. Su función principal es la de proteger al trabajador y, en este proceso de cambio, la Ley Orgánica 5/2024 recoge un nuevo derecho que afecta directamente a los empleados y a sus familiares, ya que garantiza el puesto de trabajo ante posibles medidas de actuación de las compañías.

En concreto, el artículo 12 de la normativa refuerza la garantía de indemnidad del trabajador ante un posible despido de la empresa. Esta garantía impide a las compañías ejercer cualquier tipo de castigo sobre los trabajadores cuando estos están realizando una reclamación de sus derechos laborales o presenten una reclamación por la vía judicial o administrativa. Los castigos van desde una modificación de las condiciones laborales reflejadas en el contrato hasta el propio despido.

"Las personas trabajadoras tienen derecho a la indemnidad ante las consecuencias desfavorables que pudieran partir por la realización de cualquier actuación conducente en el ejercicio de sus derechos de defensa", asegura el artículo.

Protección a los trabajadores y familiares

Por otra parte, la disposición adicional de la misma ley recoge que las personas trabajadoras tienen "derecho a la indemnidad ante las consecuencias desfavorables que pudieran sufrir por la realización de cualquier actuación efectuada ante la empresa o ante una actuación administrativa o judicial destinada a la reclamación de sus derechos laborales, sea esta realizada por ellas mismas o por sus representados legales".

En el mismo apartado se apunta que esta protección se extiende a familiares de hasta segundo grado de afinidad, a condición de que estos presten servicios en la misma empresa y no tengan nada que ver con la reclamación original.

Entrada en vigor de la ley

Así, la Ley Orgánica 5/2024 del Derecho de Defensa, donde se recoge esta ampliación, entrará en vigor este miércoles, 4 de diciembre. Desde esta fecha, la garantía de indemnidad, que protege a los empleados de represalias que puedan tener para ejercer sus derechos dentro de las empresas, se amplía a cónyuges, parejas de hecho y familiares de hasta segundo grado, en caso de que trabajen en la misma empresa. A partir de este miércoles, los empleados y sus familiares mencionados, no podrán ser sancionados, castigados o despedidos por haber ejercido o disfrutado de un derecho laboral o haber reclamado o denunciado una situación en el puesto de trabajo.

Hay que recordar que esta nulidad no se concede de manera automática, sino que el trabajador tiene que demostrar que el despido, el cambio producido como castigo o la sanción aplicada se producen realmente por haber ejercido un derecho o haber reclamado el mismo y no por otro motivo objetivo.