Los contribuyentes españoles ya tenemos una nueva cita con Hacienda: para liquidar el IRPF y el impuesto de patrimonio correspondientes del ejercicio 2024 la campaña de la renta comenzará el próximo 2 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio, según marca el calendario del contribuyente, que ya se puede consultar en la página web de la Agencia Tributaria.
En esta campaña de la renta de 2024 están obligados a presentar declaración aquellos contribuyentes que hayan contenido rentas del trabajo de más de 22.000 euros de un pagador, o de 15.876 en el caso de que hayan tenido dos o más pagadores. ¿Pero cuándo tendremos que pagar? Eso dependerá de las retenciones que la empresa haya realizado mensualmente en nuestra nómina. Este es un porcentaje que está establecido por las normas y que fija unos mínimos y máximos, pero que sobre el que el trabajador puede decidir y determinar -dentro de esos mínimos y máximos- qué retención quiere que se le practique. Hay que tener en cuenta que si te retuvieron más, te saldrá a devolver; si fue menos de lo debido, tendrás que pagar a la hora de liquidar el IRPF.
Factores que influyen en la retención del IRPF
El porcentaje de retención que se aplica en cada nómina se calcula de acuerdo con una serie de factores personales y laborales, entre los cuales:
- Ingresos anuales brutos: A mayor salario, mayor es la retención.
- Situación familiar: Los trabajadores con hijos o familiares a su cargo pueden tener retenciones más bajas.
- Tipo de contrato: Los trabajadores temporales y los contratos a tiempo parcial pueden tener una retención diferente de los contratos indefinidos a tiempo completo.
- Deducciones personales: Factores como el grado de discapacidad, el estado civil o los préstamos hipotecarios también influyen en la retención.
Ante cualquier duda, qué mejor que acudir a la Agencia Tributaria. Hacienda pone a disposición de los contribuyentes simuladores online que permiten calcular el porcentaje aproximado de retención de IRPF a aplicar en tu caso. En el apartado de 'retenciones' encontrarás un enlace a 'servicio de cálculo de retenciones'. Únicamente necesitas ingresar datos como tus ingresos brutos anuales, situación familiar y tipos de contrato, y la herramienta calculará el tipo de retención recomendado.
Un impuesto progresivo
El IRPF o impuesto sobre la renta de las personas físicas es un impuesto que grava la obtención de rentas por parte de los particulares que residen en España en un ejercicio determinado. Se consideran rentas, a efectos de IRPF, tanto los rendimientos del trabajo como los de actividades económicas y los del capital mobiliario e inmobiliario.
Al tratarse de un impuesto progresivo, es decir, que va en función de los ingresos -en este caso anuales-, el tipo impositivo (el porcentaje que se aplica a la base liquidable para obtener la cuota de impuesto que hay que pagar) varía por tramos. Además, se pueden aplicar diferentes reducciones y deducciones.
Para la campaña de la renta 2024, los tramos establecidos según el ingreso anual son los siguientes:
- Hasta 12.450 euros, el tipo impositivo es de 19%. Pero hay que tener en cuenta que los salarios inferiores a 16.000 euros están exentos del IRPF.
- De 12.450 € a 20.200 euros, el tipo impositivo es de 24%.
- De 20.200 € a 35.200 euros, el tipo impositivo es de 30%.
- De 35.200 € a 60.000 euros, el tipo impositivo es de 37%.
- De 60.000 € a 300.000 euros, el tipo impositivo es de 45%.
- Más de 300.000 euros, el tipo impositivo es de 47%.
¿Qué pasa si soy autónomo?
Las retenciones del IRPF también se aplican a los autónomos, pero solo en ciertos casos. Deben hacerlo aquellos autónomos que están dados de alta en las secciones segunda y tercera del Impuesto de Actividades Económicas, es decir, los que realizan actividades profesionales y artísticas. Y deberán aplicar esta retención, que con carácter general es del 15%, en las facturas de sus servicios a empresas, pero no a particulares. Para nuevos autónomos (en los tres primeros años de actividad), el porcentaje de retención baja al 7%.