Algo tan sencillo como poner a la venta un vehículo puede acabar en una sanción importante para el propietario que quiere desprenderse del coche, si no se siguen los canales autorizados para proceder a la venta del mismo. Algo tan sencillo como publicitar sus intenciones con un rótulo en el mismo vehículo está sancionado económicamente y administrativamente. ¿Por qué? Porque Código de Circulación de la Dirección General de Tráfico así lo establece. Y porque algunas normas municipales también lo contemplan. 

El error en el que muchos conductores caen es el de publicitar sus intenciones de desprenderse del vehículo colocando un rótulo de 'se vende' en el interior del vehículo, pero en una parte visible para los transeúntes u otros conductores. Por ello, generalmente, el letrero se pone en alguno de los cristales laterales del coche. Además, habitualmente incluye información sobre las características técnicas del vehículo, el precio de venta e incluso un teléfono de contacto del propietario.

Esta práctica, que por ella misma podría ser superflua, se convierte en sancionable tanto si el vehículo está circulando como si está detenido o aparcado en las vías urbanas. Si las autoridades de tráfico la advierten circulando, sancionan al conductor porque se acogen a la norma que determina que la superficie acristalada del vehículo deberá permitir, en todo caso, la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por la que circule, sin interferencias de láminas o adhesivos. 

Por ello, Llevar cualquier tipo de objeto en los cristales del vehículo, sea cual sea, resta visibilidad al conductor y si el coche está en movimiento puede considerarse una infracción grave de la normativa. Esta sanción está fijada en 200 euros, pero puede llegar a los 1.000 euros de multa si hay normas municipales que también la sancionan. Además, puede incluir la retirada del vehículo de la vía donde esté estacionado. 

Muchas administraciones locales se acogen a las normas que tienen vigentes para controlar la venta ambulante en las vías públicas para practicar las multas. Dependiendo de cada administración, la multa económica puede oscilar entre los 200 y los 1.000 euros. 

Aviso a los posibles compradores

Además, de cara a los posibles compradores, la Asociación Nacional de Comerciantes de Vehículos (ANCOVE) ha avisado que muchos de los coches con los carteles de venta provienen de grupos comerciales organizados que se hacen pasar por simples particulares.

Estos acuerdos de compra-venta suelen esconder estafas sobre la situación técnica del vehículo, su precio y su estado general. Ancove avisa de la necesidad de que los procesos de venta estén controlados. Las ventas fraudulentas suelen ofrecer garantías mediante la utilización de talleres clandestinos en los que nos aseguran que se harán cargo de cualquier fallo mecánico que pueda sufrir el coche durante un año tras formalizar su compra, lo que priva a los compradores de las garantías que disfrutarían en caso de recurrir a portales de compraventa o establecimientos profesionales.