El Consejo de Ministros aprobó en diciembre de 2023 la revalorización de las pensiones contributivas, con carácter general, un 3,8% y la subida de la cuantía anual de las pensiones no contributivas (jubilación o invalidez) un 6,9%. Estas últimas, con carácter general, se fijaron en 7.250,60 euros (517,90 euros mensuales en 14 pagas) para 2024, tanto para las pensiones de jubilación como para las de invalidez. La cuantía individual para cada pensionista se determina a partir de ese importe íntegro y del número de beneficiarios de pensión no contributiva integrados en la misma unidad económica de convivencia.

Pero ¿qué se entiende por pensión no contributiva? Son prestaciones económicas que se reconocen a los ciudadanos que carecen de recursos suficientes para su subsistencia y que no han cumplido con el requisito de cotización necesario para las pensiones contributivas. Es decir, la edad y los años de cotización requeridos por la Seguridad Social -un mínimo de 15 años cotizados a lo largo de la vida laboral (5.475 días)-. O lo que es lo mismo, según la ley vigente en la actualidad: en 2024, la edad ordinaria de jubilación será los 65 años para las personas que han cotizado a la Seguridad Social al menos 38 años. En caso contrario, la edad de retiro será la de 66 años y seis meses.

Las pensiones no contributivas pueden ser de jubilación o de invalidez. En el caso de las pensiones no contributivas, no se pueden cobrar dos pensiones a la vez. Solo se puede ingresar la de jubilación o la de invalidez. En este caso, también es incompatible la pensión de viudedad.

Con estos requerimientos, la prestación que nos ocupa en este artículo es la pensión no contributiva de jubilación. La pueden solicitar las personas mayores de 65 años (edad mínima de jubilación en 2023) que no hayan cotizado nunca a la Seguridad Social o que sí lo hayan hecho, pero no durante el tiempo suficiente para cobrar una pensión contributiva.

¿Quién y cómo puede acceder a una pensión no contributiva de jubilación? Estos son los requisitos:

  • Tener 65 años o más en la fecha de la solicitud
  • Residir legalmente en territorio español durante 10 años, entre los 16 años y la fecha de devengo de la pensión, de los cuales dos años tienen que ser consecutivos y anteriores a la solicitud de la pensión.
  • Carecer de ingresos o tener ingresos inferiores a 7.250,60 euros anuales en cómputo anual, para 2024.
  • Si el solicitante convive con familiares, la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su unidad económica de convivencia deben ser inferiores a determinadas cuantías.