La compra de una vivienda se convierte para muchos en una tarea hercúlea. Primero, porque los pisos están ya a precios de la época del boom inmobiliario y la escasez de promociones de vivienda nueva no parecen ser suficientes para cubrir la demanda ante la creación de nuevos hogares; segundo, porque los salarios no están acorde a estos precios, pues la renta per cápita no aumenta desde hace dos décadas; y, tercero, porque los bancos han aprendido de aquella época de desenfreno inmobiliario y ahora son muy exigentes a la hora de conceder una hipoteca. Además de los avales de terceros y los seguros de vida, exigen que el comprador ponga de sus ahorros -o los de sus padres- una buena parte del coste de la adquisición de la vivienda. Y pocos son los que con sus salarios tienen la capacidad de generar esa liquidez.

Desde la administración se busca mitigar este trío infernal y existen distintos tipos de ayudas para comprar vivienda en 2025. La web de Bankinter publica un informe que ayuda a navegar en este mar de apoyos institucionales para los que buscan abandonar el nido o mudarse a otro.

Plan Estatal de la vivienda

Una de las principales herramientas es el plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, que ofrece un empujón económico con ayudas directas -sin tener que devolver, aunque como todas las ayudas tributan en IRPF- a los menores de 35 años que buscan adquirir una vivienda habitual. Pero en este caso, el principal problema es que está ligado a la fijación de la población en la España despoblada, por lo que la oferta se limita a localidades con menos de 10.000 habitantes. Pero, a muchos les puede interesar:

Hay que cumplir los siguientes requisitos:

  • El precio de la vivienda no puede superar los 120.000 euros.
  • Debe situarse en un municipio con una población de hasta 10.000 habitantes.
  • El inmueble debe ir destinado a convertirse en tu vivienda habitual y permanente durante al menos 5 años
  • Si quieres acceder a esta ayuda, no puedes ser propietario o usufructuario de otra vivienda en España.
  • Los ingresos de los miembros que conformen la unidad de convivencia no pueden superar tres veces los 8.400 euros anuales del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), es decir, 25.200 euros anuales como máximo en 14 pagas. Asciende a cuatro veces (33.600 euros anuales) si en la unidad convive alguna persona con discapacidad, o incluso a cinco veces (42.000 euros anuales) si la discapacidad es severa.

Ayuda directa: Se trata de una ayuda directa que puede llegar a 10.800 euros con un límite del 20% del precio de adquisición. En caso de ir al máximo del precio establecido, 120.000 euros, el 20% queda muy lejos de ese máximo de 10.800 euros, por lo que la ayuda directa se limitará al 9% del precio del piso. Si son varias las personas que van a adquirir el piso, el importe de la ayuda que pudiera recibir una persona beneficiaria se determinará aplicando al importe de la ayuda que correspondería a la adquisición del 100% de la vivienda, el porcentaje de la propiedad del piso que cada uno adquiera.

En cualquier caso, el límite por compra será de 10.800 euros, por lo que si son dos, con una propiedad a medias, cada comprador -que ha de cumplir los requisitos de edad- obtendrá una ayuda máxima de 5.400 euros.

Gestión autonómica: Aunque es una ayuda estatal, se gestiona desde las comunidades autónomas, por lo que se debe gestionar en el organismo correspondiente de cada comunidad.

Avales ICO

Beneficiarios:

  • Menores de 35 años (ninguno de los compradores puede haber cumplido 36 años en el momento de la firma del préstamo)
  • Familias con menores a su cargo (en este caso no hay límite de edad).

Tipo de ayuda: El ICO, que no concede directamente la hipoteca, avala al comprador ante el banco con el que firme el préstamo, para la compra de la primera vivienda habitual y permanente en España. Este aval facilitará que el importe del préstamo hipotecario pueda llegar a igualar el precio de la vivienda (aquel que sea el de menor importe). Es decir, que si el banco solo concede el crédito por valor del 70% del precio de la casa, el ICO avala hasta el 30% restante.

Generalmente, el importe del préstamo avalado siempre tiene que superar el 80% del importe de compraventa o tasación (o el 75% en el caso de viviendas con certificación energética A-D), que es el importe que normalmente alcanzan las hipotecas que conceden las entidades financieras. El ICO concede un aval por cuenta del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana que podrá cubrir hasta el 20% del préstamo, llegando hasta el 25% en aquellos casos en que la vivienda adquirida disponga de una calificación energética D o superior.

Ayudas fiscales

Impuestos de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Destinadas a las familias numerosas o monoparentales -en función de cada CCAA, consiste en un descuento en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) que se abona cuando se compra una vivienda de segunda mano. Lo que debe tenerse en cuenta, porque no se aplica para la adquisición de una casa de nueva construcción que no está gravada con ITP, sino con el 21% del IVA.

Son ayudas que ofrecen algunas comunidades autónomas, pues el ITP, a diferencia del IVA, los recaudan las autonomías en un tipo que varía entre el 6 y el 11 %, siendo minoritarios los casos en que se aplica un tipo bajo (Comunidad de Madrid, Navarra y Canarias).

Comunidad de Madrid, si vas a comprar vivienda siendo familia numerosa, disfrutas de un tipo reducido del ITP del 4% frente al tipo general del 6%, siempre que se den ciertos requisitos.

Canarias, si una familia numerosa o monoparental adquiere una vivienda habitual, el ITP se reducirá al 1% frente al 6,5% habitual, también bajo cumplimiento de una serie de requisitos de índole económico.

Familia numerosa en IRPF. Hay también distintas deducciones por familia numerosa en el IRPF, que pueden verse mejoradas por la normativa autonómica, que gestiona la mitad del pago del impuesto. La deducción por familia numerosa general es de 1.200 euros anuales (100 euros al mes) y de 2.400 para familias numerosas especiales (incremento del 100%). Por cada uno de los hijos que formen parte de la familia numerosa que exceda del número mínimo de hijos exigido para que se de esta condición, los importes anteriores se pueden incrementar hasta 600 euros anuales. También hay ayudas por ascendientes.

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Es un tributo local, que se paga cada año al ayuntamiento donde está ubicada la vivienda. Conviene conocer la normativa de cada municipio, pues varía de unos a otros.

Webs de las CC. AA.

Andalucía. Ayudas a la compra de una vivienda.

Aragón. Ayudas a la compra de una vivienda.

Asturias. Ayudas a la compra de una vivienda.

Baleares. Ayudas a la compra de una vivienda.

Canarias. Ayudas a la compra de una vivienda.

Cantabria. Ayudas a la compra de una vivienda.

Castilla y León. Ayudas a la compra de una vivienda.

Castilla-La Mancha. Ayudas a la compra de una vivienda.

Catalunya. Ayudas a la compra de una vivienda.

Extremadura. Ayudas a la compra de una vivienda.

Galicia. Ayudas a la compra de una vivienda.

La Rioja. Ayudas a la compra de una vivienda.

Comunidad de Madrid. Ayudas a la compra de una vivienda.

Comunidad Valenciana. Ayudas a la compra de una vivienda.

Región de Murcia. Ayudas a la compra de una vivienda.

Navarra. Ayudas a la compra de una vivienda.

País Vasco. Ayudas a la compra de una vivienda.