Pedro Sánchez anunció este martes un paquete de medidas urgentes por un importe de 10.600 millones de euros para apoyar a los hogares, autónomos, empresas e instituciones de los municipios afectados por la DANA.
En materia de vivienda, este plan prevé que las personas con hipotecas o créditos al consumo podrán posponer el pago de las cuotas íntegras durante tres meses y, en los siguientes nueve, sólo deberán abonar los intereses. También se prevén ayudas directas de hasta 60.480 euros para reparar daños causados por las aguas torrenciales en la vivienda habitual. O para reponer electrodomésticos o mobiliario.
En empresa, se destinarán 838 millones para pymes y autónomos. En el caso de estos últimos, la ayuda será de 5.000 euros. También se establece una “línea de avales DANA”.
Pero el gobierno español también estaré encima del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), que depende del Ministerio de Economía, para hacer frente a los a los daños de los ciudadanos con bienes cubiertos por pólizas.
Los afectados deberán leer con atención qué daños cubren sus seguros y cuáles son las excepciones, pero teniendo en cuenta que pueden reclama al CCS si lo consideran necesario. De entrada, el Consocio solo cubre lo que el particular tenía contratado, nunca perdidas superiores.
• Vivienda. Las pólizas suelen proteger los daños en la estructura (paredes, techos, conducciones…) y en el contenido (electrodomésticos, muebles, ropa, objetos de arte…) pero su cobertura suele ser limitada. Si el límite contratado se ha fijado en 60.000 euros, el propietario no recibirá más de este importe aunque los daños sean muy superiores. En el supuesto de que la vivienda quede inhabitable, algunos contratos cubren los gastos de alojamiento en hoteles. Los propietarios de viviendas en alquiler también pueden recibir una compensación por la pérdida de las rentas siempre y cuando se contemple en la póliza.
• Comunidades de vecinos. También suscriben pólizas que, en el caso de la Comunidad Valenciana, son obligatorias. La cobertura depende del tipo de póliza.
• Vehículos. Todos los vehículos cuentan con un seguro obligatorio, aunque sea a terceros. La cobertura dependerá de las cláusulas del seguro y de las posibles exclusiones. Si están tan dañados que no sale a cuenta llevarlos al taller, sus propietarios pueden recibir una compensación.
• Seguros de vida y por accidente. El importe a percibir también dependerá de los que se establezca en las cláusulas de la póliza. Si la víctima no está asegurada, no podrá beneficiarse de esta vía.
• Empresas. Si había contratado un seguro, empresas y establecimientos comerciales pueden percibir las compensaciones estimuladas en la póliza tanto por daños en los locales, en la maquinaría o por pérdidas de mercancía.
Los partes en estas inundaciones se pueden presentar a través de la web del Consorcio de Seguros (www.consorseguros.es) o al teléfono 900 222 665. Las compañías de seguros se han ofrecido para ayudar en estos trámites.