La jubilación de los trabajadores autónomos o por cuenta propio es similar en la de los trabajadores asalariados o por cuenta ajena: en el 2025 se pueden retirar con 65 años –habiendo cotizado más de 38 años y 3 meses– o con 66 años y 8 meses –si se ha cotizado menos de 38 años y 3 meses–, y recibir con eso. El número mínimo de años para obtener una pensión contributiva al jubilarse como autónomo es de 15 años, recibiendo el 50% de la base reguladora en la pensión. En caso de que hayan cotizado menos de 15 años, no se tiene derecho a pensión contributiva de jubilación.

La Seguridad Social tiene, en la Sede Electrónica, un portal denominado 'Informe de tu vida laboral'. En este espacio será posible consultar todas las altas y bajas de los diferentes regímenes de la Seguridad Social, incluido el vigente. Al apretar a 'Obtener acceso' y registrarnos con Cl@ve Permanente, Cl@ve PIN, SMS o DNIe / Certificado, será posible consultar la actual base de cotización.

Mínimos y ayudas extras

Según los últimos datos del Ministerio de Seguridad Social, la pensión media de jubilación de un trabajador autónomo se sitúa en 965,03 euros, mientras que la de los trabajadores a Régimen General se sitúa en 1.604,07 euros. Es una diferencia de 639,04 euros mensuales o de 8.946,56 euros anuales (en 14 pagas). La principal causa de la diferencia radica en las cotizaciones aportadas a la Seguridad Social. Actualmente, la base mínima de cotización de los autónomos es de 950,98 euros, mientras que la de los asalariados se establece a 1.323 euros, de acuerdo con la Orden PJC/281/2024.

Aunque la base máxima de cotización en el 2025 llegará a 4.918,75 euros, un 86,6% de los autónomos opta por cotizar por la base mínima, según el informe anual del 2023 del Ministerio de Trabajo y Economía Social. El mismo informe señala que un 97,1% de los autónomos aumenta la base de cotización a partir de los 55 años; no obstante, eso puede resultar insuficiente para mejorar la pensión final, ya que el sistema de cálculo actual de la Seguridad Social considera las bases de cotización de los últimos 25 años cotizados.

De esta manera, un autónomo que cotizara toda la vida por la base mínima de 965,03 euros y que llegue al 100% de la base reguladora, recibiría una pensión de 827,16 euros mensuales. En caso de que la pensión sea inferior a la pensión mínima de 825,20 euros mensuales o de 11.552,80 euros, se puede solicitar el complemento a mínimos para asegurarse cobrar la pensión mínima, siempre que cumpla los requisitos.