El aumento de las temperaturas en los últimos años está haciendo que el aire acondicionado deje de ser una opción para convertirse en una necesidad en España. No todo el mundo, sin embargo, se lo puede permitir y además quienes viven de alquiler afrontan la duda de cómo hacerlo, de si cubrirá la inversión el propietario y de si hay que pedir permiso. 

A la hora de pagar la inversión, el propietario no está obligado a hacerlo, pero se puede negociar la opción ya que se considera una obra a beneficio de la vivienda. Lo que es indispensable es pedir la autorización para realizar la obra. Sin ella, se incumple el artículo 23 de la Ley de Arrendamientos Urbanos que establece que "el arrendatario no podrá realizar sin el consentimiento del arrendador, expresado por escrito, obras que modifiquen la configuración de la vivienda". 

Una vez recibida la autorización, se puede negociar la forma de pago con el propietario, que puede exigir que retire la máquina cuando acabe la estancia para que quede como antes de su estancia o, por el contrario, conservar la instalación como una obra a beneficio de la vivienda, explican en la web Onlygal. 

Por norma general, es el inquilino quien afronta los precios de compra e instalación del aire acondicionado, pero una vez abandona la vivienda tiene derecho a llevarse el aparato. 

Si el propietario asume los gastos, el aire pasa a ser de su propiedad, por lo que el inquilino no puede llevárselo. El aire acondicionado será un activo más a la hora de volver a alquilar el inmueble. 

En caso de que haya una avería, si tiene que ver con que la instalación es antigua, será el propietario quien asumirá los gastos. Si, en cambio, el aire acondicionado se rompe por un mal uso, el inquilino tendrá que pagar la totalidad de la reparación. Un técnico puede determinar lo que ha provocado la avería.