La campaña de la Renta 2025 ya está a la vuelta de la esquina. La próxima campaña para la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), correspondiente al ejercicio 2024, se iniciará el 2 de abril. Para los contribuyentes más precavidos y aquellos que esperan liquidar sus impuestos lo antes posible, la Agencia Tributaria ya ha puesto a su disposición los datos fiscales que constan en su archivo para poder corroborarlos. A partir de este miércoles, los interesados pueden acceder a revisarlos, para confirmarlos o, en caso de detectar algún error, subsanarlo.

Esta premura es importante para aquellas personas que quieren revisar el borrador de la declaración que realiza Hacienda de forma automática y que el contribuyente puede validar en cualquier momento durante la campaña. El calendario establecido para este año determina que se pueden iniciar los trámites el 2 de abril y que finalizará el 30 de junio. 

Cabe señalar que lo apropiado es revisar siempre los datos, previamente, y también cuando se acceda al borrador. Hacienda deja claro, en todo momento, que un error en el borrador, por mucho que se haya cometido desde la administración tributaria, será siempre responsabilidad del contribuyente. De ahí, la necesidad de revisar siempre cualquier dato fiscal que conste en el citado documento.

El error es siempre del contribuyente

La consulta de estos datos se podrá hacer a través de la aplicación o de la sede electrónica. Para este trámite, se requiere certificado electrónico, cl@ve o el número de referencia del borrador, que se puede solicitar desde el pasado 12 de marzo. Con este número de referencia, el contribuyente podrá gestionar los servicios de esta campaña y de las anteriores. Si ya se contaba con este identificador en ocasiones anteriores, se deberá obtener uno nuevo. Hacienda lo especifica: el contribuyente debe acceder a la sede electrónica y dentro del apartado las "Gestiones destacadas" de Renta, hacer clic en "Servicio de tramitación borrador /declaración (RENTA WEB)". En la siguiente pantalla donde indica "Identifícate con" debe pulsar en "Certificado o DNI electrónico" y selecciona tu firma electrónica para identificarte.

Tras la identificación, hay que seleccionar el tipo de actuación: en nombre propio o como representante legal de algún contribuyente -un paso concreto para gestores y administradores, por ejemplo- y se accede a los servicios disponibles del expediente solicitado.

Finalmente, para tramitar la declaración, el usuario debe seleccionar "Borrador/Declaración (Renta WEB)". En caso de apreciar algún error, la Agencia Tributaria permite corregirlo: si ya existe una declaración presentada y deseas modificarla, pulsa "Modificar declaración presentada". También puedes comenzar una "Nueva declaración", incorporando los datos fiscales.

Declaración presencial

Los contribuyentes no siempre se animan a hacer la declaración telemáticamente y basándose en el borrador de Hacienda. Por ello, cabe la posibilidad de la atención telefónica o presencial. A partir del 6 de mayo  será el plazo para hacer la presentación telefónica de la declaración. Y desde el 2 de junio hasta el 30 de ese mes, se podrá presentar la declaración en las oficinas de la Agencia Tributaria. 

Estas son las fechas clave:

  • del 2 de abril hasta el 30 de junio de 2025: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2024.
  • del 6 de mayo hasta el 30 de junio de 2025: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2024 por teléfono
  • solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 27 de junio