El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha abierto las puertas a aumentar la indemnización por despido en España y a equiparar la fórmula española a lo que funciona en la mayoría de los países de la Unión Europea (UE). El alto tribunal catalán ha elevado la indemnización por despido improcedente a una trabajadora desde los 33 días por año trabajado que marca actualmente el Estatuto de los Trabajadores (ET) a 48 días por año trabajado. La reforma del Partido Popular de 2012 redujo la indemnización improcedente desde los 42 días por año trabajado con un máximo de 42 mensualidad a 33 días por año trabajado con un tope de 24 mensualidades.
El Tribunal se ha acogido a lo establecido por el Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el artículo 24 de la Carta Social Europea que determina que la indemnización a de tener en cuenta las circunstancias de cada trabajador y no limitarse a un baremo temporal, como sucede en España. Los magistrados consideran que la indemnización “es claramente insignificante, no compensa el daño producido por la pérdida del puesto de trabajo, ni tiene efecto disuasorio para la empresa”, según la sentencia consultada por Europa Press. El tribunal estima en parte el recurso de una trabajadora, que fue despedida en la pandemia, contra la sentencia anterior de un juzgado de Barcelona, que había considerado procedente su despido.
La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha reiterado este martes que es partidaria de que, ante un despido injustificado, la indemnización para el trabajador "no esté topada" a una cantidad fija, en referencia a la duración del contrato, sino que tenga en cuenta otros factores, como la situación económica y personal del afectado.
"Esta sentencia viene a decir lo que yo llevo defendiendo hace tiempo", ha remarcado Díaz
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Díaz respondía así al ser preguntada por una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que ha elevado la indemnización por despido improcedente a una trabajadora desde los 33 días por año trabajado a un total de 48 días por año. La vicepresidenta segunda ha indicado que ésta es ya la segunda sentencia que se conoce en España en este sentido. "Esta sentencia viene a decir lo que yo llevo defendiendo hace tiempo", ha remarcado Díaz.
La titular de Trabajo ha avanzado que este miércoles tiene una interpelación en el Congreso sobre el denominado despido restaurativo en la que explicará cuál es la posición técnica de su Ministerio en este asunto. En todo caso, ha subrayado que, ante un despido injustificado, la convicción del consenso europeo es que las indemnizaciones han de ser adecuadas a otro tipo de factores y no topadas, como ocurre en España. "Vamos a ver lo que resuelve el Consejo de Europa sobre esta cuestión (...) Es evidente que aquí tenemos un problema", ha apuntado Díaz, que ha añadido que, en este sentido, el Estatuto de los Trabajadores tiene "tintes autoritarios", como decía el histórico sindicalista Marcelino Camacho (secretario general de CCOO).
La vicepresidenta ya adelantó en verano la conveniencia de reformar el actual sistema de indemnizaciones basado exclusivamente en el tiempo que el contrato ha estado en vigor. E introdujo ya la necesidad de que la indemnización tuviese en cuenta factores personales como por ejemplo la edad, su capacidad de reciclaje o formación, entre otros factores.
UGT lleva demandando más de un año un cambio legal de la indemnización en el Estatuto de los Trabajadores (ET) para adaptar la norma a la Carta Social Europea. Ya lo intentó durante las negociaciones de la reforma laboral, pero el fuerte rechazo de la CEOE hizo que el Gobierno no entrase a tocar el despido, algo que, por otro lado, no estuvo en la mesa hasta que lo planteó el sindicato que lidera Pepe Álvarez en una fase muy avanzada de la negociación.
Demanda de UGT
Sin embargo, el sindicato no se ha dado por vencido y ha preferido acudir a la vía jurídica. En primavera del año pasado presentó una demanda ante el Comité Europeo de Derechos Sociales que en octubre aceptó a trámite y solicitó al Gobierno de España sus alegaciones que debería haber presentado antes de noviembre. No obstante, el Ministerio de Trabajo solicitó una prórroga hasta finales de enero, según fuentes sindicales.
Recientemente, el secretario general de UGT, Pepe Álvarez, aseguraba en una entrevista a ON ECONOMIA que la resolución del Comité será favorable a las tesis de UGT y a las defendidas por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya. De ser así, no hará falta que el Gobierno cambiase la ley, pues sería de aplicación directa al tratarse de un organismo comunitario, lo que supondría un cambio sustancial. Álvarez explica que ante un trabajador que lleve un año, “que ahora despedirlo es poca cosa, ya no será pecata minuta, porque ese trabajador podrá pedir resarcimiento por las condiciones en las que esté trabajando y en las que se va. Estamos hablando de un incremento importante”, comentó.