Sobres con dinero, transferencias bancarias, bizum... Los regalos que los invitados hacen a los novios en una boda, tributan. Es decir, se declaran ante Hacienda. A nivel fiscal tienen el mismo carácter que una donación, así que los recién casados tienen que presentar una declaración del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. La cantidad a pagar, eso sí, dependerá del dinero recibido y de la comunidad autónoma, ya que algunas regiones ofrecen beneficios fiscales como la Comunidad de Madrid, Andalucía, la Región de Murcia o La Rioja.
Los expertos fiscales de TaxDown explican que los bancos tienen la obligación de informar a la Agencia Tributaria cuando un cliente ingresa en su cuenta más de 3.000 euros en efectivo o billetes de 500 euros. Por ello, dicen, es imprescindible contar con documentos justificativos para evitar problemas futuros y sanciones, los cuales ayudarán en caso de reclamaciones de Hacienda.
Por este motivo, creen que es preferible optar por la transferencia bancaria o el uso de bizum en lugar de recibir el dinero en un sobre en efectivo, ya que, en caso de una posible inspección de la Agencia Tributaria, con la primera opción se cuenta con justificantes de que se trata de un regalo de boda y no de otros movimientos irregulares.
Si el regalo de boda llega a modo de transferencia o bizum, también se deben declarar. Y lo mismo ocurre con los regalos en especie (por ejemplo, electrodomésticos o muebles para el hogar). El no hacerlo puede dar paso a que la Agencia Tributaria lo determine como una ganancia patrimonial no justificada. Y en este caso, Hacienda tendría hasta 4 años parar solicitar a los novios un requerimiento en cualquier momento. Esto no solo ocurre con las bodas, también con los bautizos y las comuniones.
¿Cuánto se lleva Hacienda?
Una vez que el dinero ya está en la cuenta, los recién casados deben presentar la declaración del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones por cada uno de los regalos recibidos. Por tanto, no es necesario incluirlos en la declaración de la renta del año siguiente. Al tratarse de un impuesto cedido a las comunidades autónomas, cada región tiene derecho a cobrar el porcentaje que considere oportuno, de manera que es necesario acudir a la normativa de cada territorio para saber cómo y qué declarar.
En Madrid, Andalucía, Murcia y La Rioja tienen una de las legislaciones más laxas y apenas se pagan impuestos (un 1%). El motivo es que aplican una bonificación del 99% sobre la cuota tributaria en donaciones entre padres e hijos. Así, la tributación será mayor o menor en función de varios factores, como la comunidad autónoma, el grado de parentesco con el que ha hecho la donación (si son tus padres o amigos) y por supuesto, el valor de la donación.
“Para más inri, no existe mínimo exento. Esto implica que habría que declarar desde la transferencia que te hace tu amigo para ayudarte con el viaje de novios hasta la televisión que te regalan los padrinos”, indican desde TaxDown. De hecho, los expertos recomiendan declarar cualquier regalo de boda por valor superior a 3.000 euros porque Hacienda puede imponer multas que ascienden a entre el 50% y el 100% del importe recibido en la boda.