El alquiler se ha disparado con la inflación y las condiciones de los bancos para pedir una hipoteca están cada vez más restringidas. Ahora bien, para llevar a cabo esta operación hay que tener en cuenta diferentes aspectos y, sobre todo, los cambios vigentes en la ley, tanto lo que marca el gobierno de España como el de Catalunya.
Fíjate en el IPC
Por ejemplo, las ayudas al alquiler para jóvenes o las generales son indispensables para hacer las consultas pertinentes. Uno de los aspectos más relevantes es que, tal como se indica en la Disposición final 6ª de la ley publicada en el BOE, la actualización de los precios de los alquileres dejará de estar vinculada al IPC y se actualizarán de la manera siguiente: durante el 2023: la actualización del precio del alquiler será de un máximo del 2%. Durante el 2024: las actualizaciones de los alquileres se verán limitadas a un máximo de un 3%. A partir del 2025: para enero del 2025 se crea un nuevo índice de referencia por el cual se actualizarán todos los alquileres y que será más estable e inferior al IPC. En este caso, se tiene que mirar muy bien el porcentaje que marca el contrato.
Precios finales topados
Otro de los grandes cambios es, que, según la Disposición final primera, parte 3, los precios de los alquileres de los nuevos contratos, independientemente de si son de grandes o pequeños propietarios, estarán regulados y topados. Por ejemplo, si una vivienda tenía un contrato de alquiler por 1.000 euros mensuales, en el nuevo contrato el precio del alquiler no podrá superar estos 1.000 euros, más el aumento correspondiente al índice en vigor (2% en 2023, 3% en 2024 y para definir según el nuevo índice a partir de 2025) – Así, si se realizara un nuevo contrato en 2023, su precio no podrá superar los 1.030 euros mensuales.
¿Cómo se reparten los gastos?
En último término, la nueva normativa prevé en el apartado 1 del artículo 20 que "los gastos de gestión inmobiliaria y las de formalización del contrato serán a cargo del arrendador". Por lo tanto, ya no os pueden pedir este coste adicional. ¿Así pues, una vez se inicia el alquiler, qué paga cada uno? El propietario de la vivienda se encarga de pagar aspectos como la comunidad de vecinos, el IBI, los seguros de la casa, entre otros. Y el inquilino pagaría los suministros de uso de la vivienda, como el agua, el gas, la luz o Internet. En el caso de haber una avería en una vivienda, tal como indica la Ley de Arrendamientos Urbanos, el arrendador (propietario) está obligado a realizar, sin derecho a elevar por eso la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido.
Otros consejos
En último término, a nivel de consejos, es importante ponerse un filtro de precio a la hora de hacer una selección de los pisos que visitarás y potencialmente podrías alquilar. Algunos expertos estiman que lo más óptimo es poner un máximo del 33% de los ingresos obtenidos mensualmente como límite para el alquiler (y nunca más del 40%). Conocer el precio medio de la zona es también un factor básico, ya que te permitirá negociar con el propietario detalles sobre el alquiler mensual del piso y, por lo tanto, te puede ayudar a ahorrar en el alquiler de tu vivienda. Y pregunta cuáles son los suministros de la vivienda, qué cosas van para electricidad y cuáles para gas. Por ejemplo, la calefacción. Conocer cuántos suministros deberás pagar puede ayudarte a hacer cálculos sobre el importe, ya que en todos tendrás que pagar un mínimo.