La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, firmará este miércoles con los secretarios generales de CCOO, Unai Sordo, y de UGT, Pepe Álvarez, el acuerdo de diálogo social para la reforma del subsidio por desempleo tras el visto bueno de los órganos de dirección sindical al mismo. Así lo han trasladado a primera hora de este miércoles tanto el Ministerio como los sindicatos, que este martes estuvieron todo el día analizando el texto de la reforma y ultimando con Trabajo los últimos flecos de redacción. A la firma del acuerdo, tal y como figura en las previsiones de Trabajo y confirman fuentes sindicales, no asistirán las patronales CEOE y Cepyme

La reforma del subsidio por desempleo, que finalmente ha salido de la mesa de diálogo social, incorpora algunas novedades respecto a la que tumbó en enero el Congreso, entre ellas nuevas reglas para poder compatibilizar las ayudas por desempleo con un puesto de trabajo. En concreto, esta reforma permitirá compatibilizar el subsidio asistencial con un empleo por un periodo máximo de 180 días, sin reducción de la cuantía, o simultanear la prestación contributiva con un salario a partir del año de percepción del paro.

La nueva reforma también mantendrá medidas incluidas en la anterior, como la simplificación de los trámites administrativos para acceder al subsidio, con la eliminación del mes de espera para las personas que hayan agotado su prestación contributiva y quieran solicitar el subsidio. Además, se mantendrá en el 125% del salario mínimo interprofesional (SMI) la base de cotización para los subsidios de mayores de 52 años, frente a la rebaja que introducía la primera reforma y que motivaron el rechazo de Podemos a la misma al considerar que se recortaban los importes de la pensión futura.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, firma con los secretarios generales de CCOO, Unai Sordo y de UGT, Pepe Álvarez | Europa Press
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, firma con los secretarios generales de CCOO, Unai Sordo y de UGT, Pepe Álvarez | Europa Press

Mejora de las cuantías

Respecto a las cuantías, la mejora que recogía la reforma no convalidada se mantiene en el nuevo texto que Trabajo ha propuesto a los agentes sociales, de manera que durante los 12 primeros meses de percepción se establecerán en tres tramos: el subsidio será del 95% del Iprem durante los primeros seis meses de cobro (570 euros mensuales con el Iprem actual); del 90% durante los siguientes seis meses (540 euros) y del actual 80% durante el resto de la duración de la prestación (480 euros). Al subsidio podrán acceder ahora personas víctimas de violencia de género o sexual, así como emigrantes retornados, menores de 45 años sin cargas familiares y trabajadores eventuales agrarios de todo el Estado (unos 200.000, según cálculos sindicales).

Además, los trabajadores residentes en Marruecos que hayan desempeñado su última relación laboral en Ceuta y Melilla, amparados por autorización de trabajo para trabajadores transfronterizos, podrán acceder a la protección por desempleo de nivel contributivo sin necesidad de acreditar residencia en España, siempre que reúnan todos los requisitos establecidos en la legislación aplicable y en las condiciones que se establezcan reglamentariamente.

En este sentido, la reforma elimina los subsidios parciales para quienes hubieran trabajado a tiempo parcial, pudiendo cobrarlos íntegros, al tiempo que permitirá que las personas con menos de 12 meses cotizados (que son los necesarios para acceder a una prestación contributiva) puedan acceder al subsidio, medida que beneficiará fundamentalmente a los jóvenes. La reforma permitirá también que aquellos que están cobrando subsidios puedan agotar sus prestaciones actuales y, posteriormente, pasar a incorporarse en el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una pasarela de la que quedarán excluidas las víctimas de violencia de género y los emigrantes retornados, que se mantendrán en el subsidio. Asimismo, se introduce como causa de suspensión del subsidio que los trabajadores fijos-discontinuos sean llamados a reiniciar su actividad y no se reincorporen a su puesto de trabajo, salvo causa justificada.