CaixaBank, Santander, BBVA, Sabadell y Kutxabank vuelven a esta en el foco. Se trata de las cinco entidades con más exposición a las hipotecas IRPH, cuestionadas de nuevo por la justicia europea. En total, acumulan un saldo de hasta 10.000 millones de euros, siendo la entidad catalana la que más préstamos acumula tras heredar en 2021 las hipotecas de Bankia y la vasca la que menos dado su tamaño.
CaixaBank se convirtió en el banco más grande del país cuando se fusionó con Bankia, pero esto también le hizo ser el banco con más hipotecas de este tipo. El banco que preside José Ignacio Goirigolzarri tiene un total de 4.825 millones de euros en préstamos hipotecarios al corriente de pago indexados a IRPH con personas físicas, según sus últimas cuentas.
En Sabadell, el saldo vivo de los préstamos hipotecarios a consumidores indexados al IRPH es de 550 millones de euros. Y Kutxabank acumula también unos 371 millones de estos préstamos. Estas tres entidades actualizaron sus cifras a cierre de 2022, sin embargo, Santander y BBVA, el segundo y tercer banco con más exposición, dejaron de hacerlo hace ya unos años. La última vez que el banco de Ana Botín dio información al respecto fue en junio del 2021, hace ya dos años. En ese momento, el importe pendiente de pago recogidos en el balance del grupo, ascendía a aproximadamente a 2.800 millones de euros.
BBVA dejó de dar cifras mucho antes, a cierre de 2020. Ese año, el banco que preside Carlos Torres tenía todavía 2.343 millones en préstamos hipotecarios referenciados a IRPH y al corriente de pago. Estas dos entidades entienden que tras las últimas sentencias, las IRPH han dejado de ser un riesgo de naturaleza legal, de manera que han dejado de resaltarlo en sus cuentas.
Y es que en los últimos seis años, estas hipotecas han generado mucho debate. Principalmente, porque los afectados (se calcula que hay un millón de hipotecados) denuncian que han estado pagando mucho más que quien se hipotecó con euríbor. Hay que recordar que el Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (IRPH), fue un indicador que se utilizó, mayoritariamente por las cajas de ahorro, en hipotecas a tipo variable. Y que este se calcula con base en las TAE medias de los préstamos concedidos.
Sin embargo, muchos no sabían bien lo que firmaban porque los bancos no se lo explicaron con claridad, según han denunciado más tarde. Y esto es lo que ha estado siempre en tela de juicio, si hubo falta de transparencia cuando en 2004 empezaron a venderse y si el índice es abusivo.
Seis años de lío judicial
En 2017, el Tribunal Supremo declaró que el IRPH superaba los controles de transparencia, por lo que mantuvo su validez. Pero después de esa sentencia, un juzgado de 1ª instancia planteó una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la interpretación del derecho comunitario de consumidores, en relación con la cláusula del IRPH. Y no fue hasta el 3 de marzo de 2020 cuando la justicia europea dictó sentencia en relación con esta cuestión. No declaró nulo el IRPH, pero pasó la pelota a los jueces y tribunales nacionales, pidiéndoles que fueran ellos quienes evaluaran caso por caso y tomaran una decisión sobre si se cumplieron los requisitos de transparencia.
A finales de 2020, el Supremo dictaba cuatro sentencias en las que admitía una posible falta de transparencia, pero descartaba la existencia de abusividad en la contratación de préstamos referenciados al índice IRPH. Asimismo, en 2021 el TJUE indicaba que el simple hecho de que una cláusula no esté redactada de manera clara y comprensible, no significa que sea abusiva.
De nuevo, en febrero de 2022, el TS dictaba otras tres sentencias que declaraban la validez y no abusividad del IRPH. Pero un juzgado de primera instancia de Palma de Mallorca, disconforme con las sentencias del TS, volvía a plantear nuevas cuestiones prejudiciales que finalmente se resolvían este jueves.
En este caso, Europa ha dado una serie de pautas a la justicia española para que puedan decidir si los bancos fueron transparentes cuando vendieron a sus clientes estas hipotecas, en concreto, el TJUE pide que se tengan en cuenta si los consumidores recibieron información “suficiente” sobre cómo se calcula este índice.
La banca entiende que todo sigue igual
Las hipotecas ligadas al IRPH, que se vendieron de manera masiva durante la burbuja inmobiliaria en España, tienen colapsados los juzgados españoles desde años. Sobre todo desde que el euríbor empezó a bajar, pues fue cuando los afectados repararon en que estaban pagando más, se calcula que la pérdida media ha sido de 25.000 euros. También fue ahí cuando se descubrió que no se había explicado bien cómo evolucionaba la cláusula.
Pese a la oleada de demandas, la banca no mantiene provisiones por este concepto y tampoco las hará ahora. Fuentes del sector financiero recuerdan que el Tribunal Supremo ya había declarado la falta de transparencia, pero a su vez confirmaba que el IRPH no era abusivo; por ello, las entidades creen que puede seguir manteniendo esta posición sin ningún problema. También entienden que el TS seguramente confirmará su doctrina, encajando esta sentencia del TJUE en sus argumentos porque coinciden en lo esencial. Resumiendo, prevén que no cambie nada.
Las asociaciones no opinan lo mismo
Sin embargo, desde Reclamador creen que con esta sentencia del TJUE abre una nueva vía para que los jueces nacionales tengan que analizar caso por caso si el banco cumplió en la comercialización de estas hipotecas con todo lo exigido por la normativa. “La banca tiene la carga de la prueba en este aspecto y deberá aportar a los procedimientos toda la información y documentación que pruebe que fueron diligentes en las formalizaciones de las hipotecas que sean objeto de análisis”, explican Irene Becerra, directora legal, y Ana Rodríguez, directora de operaciones.
La plataforma, que ya ha recibido más de 2.000 reclamaciones de hipotecas ligadas al IRPH, recuerdan que los bancos han peleado las reclamaciones sobre el IRPH y han alargado los procesos hasta el Supremo. “Se trata de un tema muy controvertido donde nuestro Alto Tribunal no se ha pronunciado del lado del consumidor”.
Patricia Suárez, presidenta de Asufin, también celebra que esta sentencia aclare que era obligación del banco “informar de manera clara y transparente al cliente del impacto económico del IRPH”. Asegura que los bancos “se han escudado en que toda la información estaba publicada por el Banco de España y en el BOE”. Pero “por fin el TJUE deja bien claro que no es suficiente.”