El Fútbol Club Barcelona ha sido condenado a pagar una indemnización de 65.000 euros a la empresa Time Consultants por finalizar un contrato antes de tiempo, el cual mantenía la realización de varias encuestas sobre la actualidad del club. El Barça dio marcha atrás a las encuestas que implementaban el ‘Observatori Blaugrana’ en 2020, época de pandemia.
Ceca Megán Abogados han sido quienes han defendido a la parte demandante. Con la resolución de la sentencia, la institución culé deberá hacer frente al importe solicitado por Time Consultants por la no realización de tres encuestas que quedaron pendientes de hacer, y que, por decisión del Barça, se paralizaron debido a la pandemia.
El Fútbol Club Barcelona suscribió en diciembre de 2018 un contrato con Time Consultants, especialista en la realización de estudios demoscópicos, para qué elaborará el denominado Observatori Blaugrana. Esta herramienta que puso en marcha la entidad culé trataba de conocer las tendencias de los aficionados a la hora de leer la información relativa al club, opinar sobre la política de fichajes, etc.
Dicha macroencuesta a socios y aficionados del Barça se haría dos veces al año durante los tres años siguientes. Pese a esto, y habiendo empezado con normalidad, en septiembre de 2020, el Barça resolvió el contrato, manifestando que no quería que se realizaran las tres encuestas restantes.
El Barça justificó la rescisión por la pandemia
Es por ello por lo que, Time interpuso una demanda contra la entidad culé solicitando que se rehabilitara el contrato, realizando así las tres encuestas restantes, o que, subsidiariamente, se indemnizara a la empresa con el importe correspondiente a un tercio de los honorarios de facturación por el contrato. Dicha cantidad asciende hasta los 65.000 euros. La primera reacción del club fue negativa. El Barça se opuso y justificó la finalización del contrato como consecuencia de la pandemia.
El Barça alegó que, entre marzo y junio de 2020, debido al confinamiento, sería imposible realizar las encuestas restantes. Además de ello, la institución barcelonesa alegó que, con la suspensión de las competiciones deportivas, dejaba a las encuestas sin elementos de interés.
Dos años después, la sentencia resuelve que estos argumentos amparados en la pandemia no justificaban la finalización del contrato. Y es que, las encuestas se hacían telefónicamente (a partir de una base de datos que facilitaba el club). Es por esto por lo que nada impedía seguirlas realizando con ‘normalidad’. Por otra parte, las competiciones se reanudaron y la encuesta abarcaba otras cuestiones que nada tenían que ver con la competición, como la política de fichajes, la gestión deportiva del club, las labores de la Fundación FCB.
Desde el Barça expresan que no quieren que se hagan las encuestas por una cuestión de confianza con Time. Por esto, la sentencia certifica que la institución culé debe afrontar el pago de la indemnización solicitada por la parte demandante, la cual es de 65.000 euros.
Ceca Magán Abogados ha tenido un rol protagonista en este proceso. Y es que se han encargado de defender a Time, representados por Antonio Valmaña, quien opina sobre la resolución que “es cierto que la pandemia ha generado graves impactos económicos en muchas personas, empresas y negocios, pero no justifica romper un contrato por la exclusiva voluntad de una de las partes”. El defensor incide en el hecho de que el Barça quisiera romper el contrato, cuando, en esas circunstancias, no había motivo para ello.
Tras esto, Valmaña expresa que este tipo de voluntades se han visto en otras ocasiones en el mundo del fútbol. El defensor recuerda el caso de Neymar, quien salió del Barça en el verano de 2017. Antonio Valmaña comenta que “esta realidad no es desconocida en el mundo del fútbol. Neymar pudo romper un contrato con la entidad culé e irse a París, pero tuvo que pagar una cláusula de rescisión que, en el fondo, no es otra cosa que una indemnización”. Tras esto, el abogado culmina expresando que “el club es libre de decidir que dejen de hacerse la encuestas del Observatori Blaugrana, pero debe indemnizar al proveedor con el que se había comprometido a su realización”, y así lo han confirmado los tribunales.