La Comisión Europea inició este lunes un procedimiento de infracción contra España por no haber designado aún a las autoridades competentes para garantizar el cumplimiento del reglamento europeo sobre la llamada zona única de pagos en euros (SEPA). "Esta es una práctica ilegal, también conocida como 'discriminación IBAN', el International Bank Account Number", es decir la negativa de empresas, profesionales o entidades públicas de aceptar códigos bancarios no españoles, aunque hayan sido emitidos en la llamada zona única de pagos en euros (SEPA), aclaró la Comisión en un comunicado.

Hasta la fecha, no existen autoridades competentes en España para tramitar los incumplimientos del Reglamento SEPA por parte de autoridades públicas que se niegan a realizar o recibir pagos (débitos directos o transferencias de crédito) hacia o desde cuentas de pago ubicadas en otro Estado miembro, precisó el Ejecutivo comunitario en un comunicado recogido por Efe. La ausencia de esta autoridad competente priva a consumidores y empresas del derecho a presentar una reclamación contra esta práctica ante una autoridad competente en España. La violación de la disposición europea puede ser bastante costosa para las empresas: las sanciones previstas van desde los 5.000 euros a los 5 millones de euros. 

Por ello, Bruselas pidió hoy en una carta de emplazamiento a España que aplique correctamente el Reglamento sobre la Zona Única de Pagos en Euros. Se trata del primer paso del procedimiento de infracción. Las autoridades españolas tienen ahora dos meses para responder y subsanar las deficiencias señaladas por la Comisión. De no hacerlo o si la respuesta fuese insatisfactoria, la Comisión podría seguir adelante con el expediente, emitiendo un dictamen motivado. Por ahora, las autoridades españolas responsables del cumplimiento de esta normativa UE son el Banco de España (sección de contacto de Sistemas de Pago) y el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

A pesar de que la regulación SEPA establece desde el 2012 que sus Estados miembros deben proveer a sus ciudadanos la posibilidad de utilizar libremente cuentas bancarias extranjeras de otros Estados miembros, en el 2020 España recibió un llamado de atención de la Comisión Europea por no permitir, a nivel gubernamental, la domiciliación del pago de impuestos con cuentas con IBAN no español.