El consejero delegado del grupo Ryanair, Michael O'Leary, ha vuelto a tildar de "loco" y de "payaso" al ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, y ha reiterado su petición de que retire "sus multas ilegales" por el equipaje de mano, que infringen la legislación europea. El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha impuesto multas por importe de 179 millones de euros a cinco compañías 'low cost' -Ryanair, Vueling, EasyJet, Norwegian y Volotea- por cobrar por el equipaje de mano. Es la segunda multa que se impone a la aerolínea irlandesa por el mismo motivo.

Con una imagen de Bustinduy disfrazado de payaso a su lado, O'Leary ha señalado en una rueda de prensa que todas las aerolíneas se oponen en España a esas multas "inventadas e ilegales" sobre el equipaje de mano y ha avisado de que, si siguen adelante, supondrán un aumento de las tarifas al menos de dos euros por billete. La imagen forma parte de una campaña de promoción lanzada este martes bajo el lema 'Reserva precios locos antes de que el payaso suba precios'.

El consejero delegado ha recordado que, en 2024, Ryanair redujo en un 8% sus tarifas, lo que permitió a los consumidores ahorrar 300 millones de euros. Además, para demostrar que la compañía ofrece precios bajos desde y hacia España, ha puesto hoy a la venta 179.000 plazas por solo 19,99 euros por trayecto, disponibles durante tres días en su web.

Según O'Leary, las multas infringen la legislación europea sobre la libertad y fijación de precios de las aerolíneas, una normativa que impide que los políticos "ingenuos" intenten interferir en los precios de las aerolíneas o regularlos. De acuerdo con Ryanair, la legislación europea (el reglamento 1008/2008) garantiza a todas las aerolíneas de la Unión Europea (UE) la libertad de fijar precios e impide a los gobiernos nacionales interferir en las políticas tarifarias para asientos y otros servicios como el equipaje.

A ello se suma, según O'Leary, la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 2014 en el caso de Vueling contra del Instituto Galego de Consumo de la Xunta de Galicia, que pretendía ampararse en la "obsoleta" Ley 48/1960 de Navegación Aérea española de 1960 para multar a la compañía por el contenido de sus contratos de transporte aéreo. Esa ley, de hace más de 60 años, afirmaba que una compañía aérea "está obligada a transportar a los pasajeros y su equipaje con sujeción a los límites de peso establecidos reglamentariamente, con independencia del número de bultos y de su tamaño". El TJCE dictaminó que las aerolíneas son libres de fijar por separado el precio de los servicios de facturación de equipaje y, por extensión, de los servicios de equipaje de mano, siempre que se proporcione a todos los pasajeros un límite razonable de equipaje de mano gratuito para llevar a bordo sus objetos personales y necesarios.

Ryanair está convencido de que ganará la batalla judicial, dado que las multas impuestas por Bustinduy incumplen la legislación de la UE y las sentencias del TJUE, por lo que O'Leary ha considerado que al ministro no le queda más remedio que anularlas y que debería hacerlo ahora, antes de que la Comisión Europea (CE) y los tribunales europeos le obliguen a hacerlo.

La política de equipaje de mano gratuita de Ryanair, a la que tienen derecho todos los pasajeros que vuelan con la compañía irlandesa, "cumple claramente este criterio", ha insistido su consejero delegado.