El servicio de handling de Iberia ha convocado una huelga durante el fin de semana de Reyes, los días 5,6 y 7 de enero, que afectará a 444 vuelos y a más de 45.600 pasajeros. La reunión de ayer no desatascó el desacuerdo entre compañía y trabajadores y este viernes arranca la huelga tal y como estaba previsto. Un 80% de los afectados, 36.621 pasajeros, ya han sido reubicados y la compañía también ha anunciado que reembolsará el billete a otro 10% que lo ha solicitado, unos 4.900 pasajeros. Los clientes que quieran solicitar cambios aún pueden hacerlo en la página web de la compañía o a través de la agencia de viajes con quien hayan reservado el vuelo. 

El director Corporativo de Iberia, Juan Cierco, ha lamentado que la compañía se haya visto obligada a cancelar estos vuelos y ha señalado que "aunque se produzca una desconvocatoria a última hora, sería imposible reprogramarlos", debido a la "complejidad técnica" que ya no daría margen.

Los trabajadores que se encargan del traslado de pasajeros, gestión de equipaje facturado y asistencia a las aeronaves convocados a huelga por UGT y Comisiones Obreras ascienden a 8.000, y llega porque los sindicatos piden a la compañía que evite la subrogación de empleados, tal y como quedó asignado tras el concurso de Aena del pasado mes de septiembre. Los trabajadores subrogados pierden el paraguas de Iberia y los trabajadores piden seguir asumiendo este servicio en todos los vuelos de IAG. A continuación, ON ECONOMIA ofrece la lista de vuelos cancelados por la huelga publicada por Iberia. 

 

 

La protesta llegará a 29 aeropuertos españoles, entre los que están El Prat y Barajas, en Barcelona y Madrid y afecta a vuelos nacionales. La lista completa de aeropuertos afectados es la siguiente: A Coruña, Alicante, Asturias-Oviedo, Barcelona, Bilbao, Fuerteventura, Gran Canaria, Granada, Ibiza, Jerez de la Frontera, Lanzarote, La Palma, Madrid, Melilla, Menorca, Murcia, Málaga, Palma de Mallorca, Pamplona, San Sebastián, Santa Cruz de la Palma, Santander, Santiago de Compostela, Sevilla, Tenerife Norte, Tenerife Sur, Valencia y Vigo.  

Los trabajadores ya habían convocado huelgas para el puente de diciembre y Navidad que fueron pospuestas ante la posibilidad de llegar a un acuerdo que finalmente no ha llegado. 

UGT, CCOO, USO y Comité Intercentros han llamado a la huelga a los trabajadores de esta filial de Iberia después de que la compañía perdiera la licencia de operador en ocho de los grandes aeropuertos en el último concurso de Aena.

Según el convenio, estos empleados serían subrogados a la nueva compañía adjudicataria y los sindicatos temen que esto pueda provocar una merma en los derechos laborales de los que ahora disfrutan los trabajadores de Iberia. Por ello, han solicitado a la compañía en numerosas ocasiones que se acoja al 'autohandling' y mantenga así a gran parte de su plantilla, lo que la compañía considera inviable.

Se trata de la tercera convocatoria de huelga que los sindicatos lanzan para estos trabajadores después del concurso. Las dos primeras, fechadas para el puente de diciembre y el principio de la Navidad fueron desconvocadas con el compromiso de seguir negociando.

Posibles reclamaciones

La empresa especializada en reclamaciones para consumidores reclamador.es ha elaborado para la ocasión un documento con los derechos que tiene un pasajero ante un vuelo que pueda sufrir cancelaciones y retrasos por la huelga. El primero de todos es el derecho a recibir atención, y eso implica comida, bebida o alojamiento si la demora del vuelo es de más de dos horas. Estos derechos no se aplican a las reubicaciones de vuelos, sino a las posibles demoras que pueda generar la huelga en los vuelos asignados definitivamente. 

En segundo lugar, si la huelga provoca retrasos de más de tres horas, los damnificados tienen derecho a recibir una indemnización de entre 250 euros y 600 euros, en función de si la distancia es menor de 1.500 km (250 euros) o mayor. 

En tercer lugar, y esto va aparte de la indemnización, si el pasajero decide no volar en un viaje alternativo que la compañía le ofrezca, tiene derecho al reembolso del billete. También tiene derecho a reembolso si la aerolínea no le ofrece un transporte alternativo. Si el pasajero acepta el transporte alternativo, no tiene derecho al reembolso, pero sí a la indemnización antes comentada. 

Por último, los usuarios pueden reclamar gastos de manutención, noches de hotel o pérdida de vacaciones o días de trabajo o gastos extra producidos por la demora, en caso de que puedan acreditarse. 

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) indica que una huelga del personal de navegación de una aerolínea no constituye una “circunstancia extraordinaria” que exima a la empresa de indemnizar a sus clientes.