Ibercaja arranca septiembre con una nueva campaña comercial, que tiene como objetivo impulsar la captación de nuevos clientes particulares. El banco "atacará" por dos vías: con su 'Cuenta Vamos', de la que ha mejorado condiciones para que el nuevo cliente pueda obtener hasta 1.600 euros. Y su 'Cuenta Contucasa', la cuenta de ahorro desde la que apoya a los jóvenes en la compra de su primera vivienda.
En el caso de la 'Cuenta Vamos', Ibercaja ha duplicado el saldo máximo sujeto a retribución, hasta 20.000 euros al 5% durante el primer año desde la apertura de la cuenta, y al 3% durante el segundo año. De este modo, los nuevos clientes de la entidad pueden obtener hasta 1.600 euros con este producto.
Para poder beneficiarse de estas condiciones, explica Ibercaja en una nota, el nuevo cliente debe domiciliar sus ingresos (nómina o pensión) por un importe mensual mínimo de 600 euros; Pero también contratar una tarjeta con la que se efectúen, al menos, seis movimientos en el semestre (seis pagos en seis meses); domiciliar recibos que supongan seis cargos por semestre; y contratar la banca digital de Ibercaja (que es gratuita).
Por otra parte, el banco con sede en Zaragoza da ahora más facilidades en el acceso a la vivienda con la cuenta Contucasa, que precisamente está destinada a potenciar el ahorro de los jóvenes para facilitarles la compra de una casa. En este caso, Ibercaja ha incrementado la remuneración a saldos de hasta 50.000 euros y el interés aplicado, hasta el 1,5%.
Asimismo, ha aumentado la edad máxima para la contratación de este producto, permitiendo que puedan disfrutar de sus beneficios los jóvenes de entre 18 y 40 años interesados en la adquisición de su primera vivienda. Esta cuenta, exenta de comisiones de mantenimiento y administración, otorga a sus usuarios hasta 750 euros anuales por la retribución del dinero ahorrado y 500 euros extra si la compra de la vivienda la financia con Ibercaja.
Para recibir el abono de 500 euros, el cliente debe realizar aportaciones mensuales de al menos 50 euros desde el momento en el que abra la cuenta hasta que constituya la hipoteca, en un plazo no superior a cinco años.