En apenas 24 horas, este viernes 22 de diciembre, dará comienzo el Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad de 2023, que tendrá como diferencia respecto a años anteriores un pequeño matiz, y es que los premios que superen los 2.000 euros solo se podrán cobrar en dos bancos, CaixaBank y BBVA, que disponen de una red de 5.500 oficinas en España de manera conjunta. Los premios de menor importe, como siempre, se podrán cobrar en las administraciones de Loterías y Apuesta del Estado.
En 2021 y 2022, para cobrar los décimos premiados con más de 2.000 euros, había hasta una decena de entidades financieras autorizadas. Entre ellas, Abanca, Sabadell, Ibercaja o Unicaja. Pero este 2023, solo hay dos. La reducción fue aprobada por la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (Selae) a principios de año, tras adjudicarse por concurso público a la entidad catalana y a la vasca. Estos bancos explican a On Economía que, los premios se pueden cobrar en toda la red de oficinas de CaixaBank en España (3.622) y de BBVA, (1.881).
También indican que si el premiado es de otra entidad distinta, no debe abrir una cuenta en ninguna de ellas. En este caso, en lugar de hacer un ingreso en la cuenta, el banco ofrecerá al premiado los distintos métodos de pago existentes, quedando a voluntad del ganador la opción de una u otra. Estos métodos alternativas, serían una transferencia o cheque, principalmente, ya que el cobro en efectivo no está permitido.
Asimismo, CaixaBank y BBVA recuerdan que el cobro del premio no tiene ningún coste para el premiado. De hecho, así lo exige la propia Selae, que no se repercuta sobre la persona agraciada ningún gasto o comisión. En cuanto a las cantidades a cobrar, desde ambas entidades indican que no es necesario dar aviso, pero siempre es recomendable acudir con cita, independientemente del importe del premio.
Por otra parte, desde Selae recuerdan que para poder hacer el pago, las entidades financieras están obligadas a recabar la documentación e información necesaria para dar cumplimiento a las obligaciones legales de identificación sobre prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, además de la normativa fiscal o la normativa de cualquier índole que resulte de aplicación.
Y advierten que ningún banco puede obligar al premiado a abrir una cuenta para cobrar el premio ni cobrar por ello.
Antes de cobrar, cobra Hacienda
La norma que establece la Agencia Tributaria no ha cambiado desde el año pasado. Todos los ganadores de un premio menor a 40.000 euros no tendrán que pagar impuestos a Hacienda, porque están exentos. Pero los afortunados que obtengan un premio superior, tendrán que pagar el 20% del mismo.
Así, por cada décimo premiado del Gordo de Navidad con 400.000 euros, quedarán exentos de impuestos los primeros 40.000 euros y de los 360.000 euros restantes, hay que darle a Hacienda unos 72.000 euros, quedando así limpios 328.000 para el afortunado ganador, según informan desde TaxDown.
La empresa recuerda también que los premios de la Lotería de Navidad no tienen que declararse en el IRPF, es decir, no hay que incluirlos en la declaración de la renta al año siguiente, ya que Hacienda ya habrá cobrado por él. Sin embargo, sí que deben declararse los posibles rendimientos que este dinero pueda generar a los ganadores, por ejemplo, si ha generado intereses.
¿Dónde se cobran los premios inferiores a 2.000 euros?
Como siempre, si el premio obtenido con el décimo premiado es inferior a 2.000 euros, se cobra exclusivamente en uno de los 10.600 puntos de venta de la red comercial de Loterías y Apuestas del Estado que hay en España, y además se puede hacer a partir de la misma tarde del sorteo, el 22 de diciembre.
En este caso, el premio puede cobrarse en metálico o a través de Bizum, ya que los puntos de venta de Loterías fueron los primeros comercios físicos en España en incorporar este sistema como método de pago y de cobro de apuestas y premios de bajo importe.