Tienes consulta en el médico y, por tus horarios de trabajo, siempre te coincide con la jornada laboral. Pero no sabes si tienes derecho a asistir y cobrarlo como un permiso retribuido o bien tienes que recuperar las horas no trabajadas otro día. El diálogo con la empresa suele ser en estos casos la clave para encontrar la mejor solución, pero no existe en el estatuto de los trabajadores un permiso retribuido por visita médica. Ahora bien, existen convenios colectivos que sí que permiten ciertas horas al año para visitas médicas y en algunos casos pueden ser retribuidas y, por lo tanto, no hay que recuperarlas.
La situación cambia si se trata de un tratamiento médico por incapacidad laboral, para los que sí que existen permisos retribuidos, o en caso de enfermedades graves de familiares hasta de segundo grado, que dan derecho a hasta 5 días de permiso retribuido.
Además, entre los nuevos permisos retribuidos aprobados este 2025 se encuentran los actos preparatorios de la donación de órganos o tejidos. Y también existe un permiso retribuido en caso de nacimiento de un hijo, que puede ser de urgencia cuando es prematuro.
Los exámenes prenatales y las técnicas de preparación al parto son otras actividades que pueden tener lugar en un médico y que permiten ausentarse del trabajo sin verse perjudicado a nivel salarial.
Más allá de los permisos médicos, también está vigente desde este 2025 el permiso por emergencia climática, que con el antecedente de la Dana te ampara a no ir al trabajo en caso de temporal extremo.
Ir al dentista o realizarse un análisis de sangre en un contexto en el que uno no está de baja, así pues, puede ser un quebradero de cabeza en caso de que los horarios coincidan y de que no haya buena comunicación con la empresa.
Generalmente, el diálogo con las empresas suele ser razonable para estos supuestos y recuperarás las horas de visita médica en alguna otra jornada.
Si no es así, siempre puedes pedirte los días de asuntos propios que recoja la ley (dos) o el convenio colectivo que aplique en caso de que tengas un médico imposible de conciliar y una empresa que no te lo esté permitiendo o que no sea dialogante al respecto.
Si tienes dudas sobre qué dice el convenio de tu empresa al respecto, puedes preguntar al comité de empresa o al departamento de recursos humanos o bien buscar el convenio colectivo o de empresa en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E).