El Ministerio de Trabajo y los sindicatos CCOO y UGT firmaron hace dos semanas un acuerdo para reducir la jornada máxima legal desde las 40 horas semanales a las 37,5 horas en 2025 y que aborda también el registro horario y el derecho a la desconexión digital, entre otras medidas. En concreto, los detalles del acuerdo alcanzado son: 

Reducción de la jornada laboral

La duración de la jornada de trabajo será la pactada en los convenios colectivos o contratos de trabajo, siempre que tenga en cuenta una duración máxima de la jornada ordinaria de 37,5 horas semanales de promedio en cómputo anual. Además, y según el acuerdo firmado, la reducción de jornada no podrá tener como consecuencia la afectación de las retribuciones, ni la compensación, absorción o desaparición de "derechos más favorables o condiciones más beneficiosas", deja claro el texto del acuerdo.

Por otra parte, los convenios colectivos tendrán de plazo hasta el 31 de diciembre de 2025 para realizar las adaptaciones necesarias con el objetivo de cumplir con la jornada máxima de 37,5 horas y medias semanales en cómputo anual.

Los contratos celebrados a tiempo parcial que al reducirse la jornada a 37,5 horas semanales tengan una duración del tiempo de trabajo igual o superior, se convertirán automáticamente en contratos a tiempo completo. El resto de trabajadores a tiempo parcial, así como aquellos con jornada reducida, tendrán derecho a seguir realizando el mismo número de horas de trabajo, pero con un incremento proporcional del salario. Además, el acuerdo recoge también el compromiso del Gobierno de revisar en 18 meses la normativa sobre jornadas especiales de trabajo para adecuarlas a la nueva jornada máxima legal.

Registro de jornada

En acuerdo firmado también detalla que la empresa mantendrá un registro diario de jornada digital que garantice "la objetividad, fiabilidad y accesibilidad", así como la interoperabilidad. Para ello, los trabajadores ficharán de forma personal y directa al inicio y finalización de cada jornada y registrarán todas las interrupciones de la misma que afecten a su cómputo, identificando además si las horas realizadas son ordinarias, extraordinarias o complementarias. En este sentido, los empleados, sus representantes legales y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social podrán acceder al registro en el centro de trabajo o en remoto y en cualquier momento.

La empresa deberá conservar los registros y los resúmenes durante cuatro años y, si incumple la normativa, "se presumirá como realizada la jornada ordinaria de trabajo, así como las horas extraordinarias y complementarias manifestadas por la persona trabajadora, salvo prueba en contrario". El Gobierno se da un plazo de seis meses desde la aprobación de la ley para la puesta en marcha de los cambios en el registro horario con un desarrollo reglamentario específico.

El pacto también establece que transgresión de las normas sobre jornada se considerará infracción grave. En el caso de ausencia de registro o falseamiento de datos se computará esa infracción por cada persona trabajadora afectada. También serán graves los incumplimientos en materia de organización y ordenación del tiempo de trabajo que generen riesgo grave para la seguridad y salud de las personas trabajadoras.

Desconexión digital

En cuando a los dispositivos digitales, el acuerdo recoge que todos los trabajadores tienen derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos, a la desconexión digital y a protección frente a la videovigilancia y geolocalización. Según detalla el texto, las empresas deben garantizar que nadie se comunique ni solicite al trabajador una prestación laboral fuera de horario, tiempo en el que tendrá derecho a no estar localizable. El derecho a la desconexión, se detalla, es "irrenunciable" y las modalidades de su ejercicio, los medios y las medidas adecuadas para garantizarlo se definirán en la negociación colectiva, donde se podrán establecer excepciones cuando concurran circunstancias excepcionales justificadas.

Con todo, el Gobierno creará una mesa de diálogo social con patronal y sindicatos para evaluar los resultados del recorte de jornada y seguir avanzando en una mayor reducción, teniendo en cuenta las características de los diferentes sectores de actividad, la evolución de la productividad y las circunstancias económicas.