Cromogenia Units y Alcover Química, empresas de Tarragona, recurrirán la sentencia hecha pública este lunes y que les condena a pagar un millón de euros a la familia de un trabajador que se suicidó a su puesto de trabajo. En un comunicado hecho por las dos empresas y enviado a los medios de comunicación a través de una agencia, han asegurado que es "totalmente falso" que el directivo que murió tuviera funciones no relevantes ni fuera un "testaferro" u "hombre de paja", tal como recogía la sentencia citando un informe pericial.
"Antes de esta sentencia, se han recibido dos decisiones diferentes que eximen a la compañía de responsabilidad sobre los hechos", han dicho las empresas sin mostrar la documentación. "Con el fin de restablecer la reputación y para que los hechos ocurridos sean valorados con todos los elementos necesarios, las compañías tienen previsto presentar recurso contra la sentencia", dice el comunicado, que resalta que la muerte del director general en mayo de 2020 "fue un hecho que lamentamos profundamente porque se trataba de un gran profesional al cual se apreciaba y se le tenía en muy alta estima".
"En todo momento, la compañía quiere respetar la memoria del difunto y el dolor de sus familiares", aclara también la empresa.
El juzgado de lo social 2 de Tarragona sentenció que el suicidio de quien era director general tuvo lugar a causa de "la ansiedad y la angustia vital" que sufría, según informó el lunes al Colectivo Ronda de abogados y de acuerdo con la sentencia en que ha tenido acceso ON ECONOMIA.
El juzgado de Tarragona considera probados graves "incumplimientos en materia preventiva" y "carencias significativas en sus obligaciones" de proteger al saludo e integridad del trabajador, aunque la situación de estrés que sufría el trabajador "era conocida por todo el personal de la fábrica".
"Si hubiera existido evaluación de riesgos psicosociales probablemente se podría haber evitado el suicidio del Sr. o al menos se habría detectado, ya que era conocido por muy trabajador de la fábrica el clima laboral que provocaba su gran estado de tensión y angustia, que es el desencadenante final y eficaz del suicidio", reza la sentencia.
"El suicidio se produce a veces motivado —como en el caso que nos ocupa— por situaciones de estrés o presiones de ámbito laboral o clima laboral que pueden derivar de factores relacionados con la prestación de servicios laborales", alerta la sentencia, basada en los informes periciales.
El informe aportado por la pericia señala que había indicios que el trabajador ejercía como gestor y directivo de las dos empresas y también como apoderado, a la vez que era también hombre de paja o testaferro y que asumía "la culpa de acciones y omisiones que cubrieran a otras personas, los auténticos directivos y administradores de las sociedades sobre los que recaían las decisiones y las no decisiones trascendentes". Cobraba, por estas altas responsabilidades, 1.890 euros de la empresa Alcover y 2.279 de la empresa Cromogenia Units.
Existe, concluye la sentencia, "un nexo causal entre el contexto empresarial y laboral del muerto y el acto de quitarse la vida". A la primera sentencia del año 2022, el juzgado tarraconense dictaminó que existía un accidente laboral y ahora, una vez ratificada la primera por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), decide el pago de la indemnización.